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4 de Julio de 1946

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Primera sección


MINISTERIO DE SEGURIDAD

Resolución 207/2024

RESOL-2024-207-APN-MSG

Ciudad de Buenos Aires, 26/03/2024

VISTO el Expediente EX-2024-17729246- -APN-DNCJYMP#MSG, del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley N° 26.538, la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445 y M.S. Nº 271 del 24 de junio de 2016 y sus modificatorias, y las Resoluciones del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 828 del 27 de septiembre de 2019 y N° 549 de fecha 19 de agosto de 2022, y

CONSIDERANDO:

Que, ante LA UNIDAD FUNCIONAL DE INSTRUCCIÓN Nº 7 DE LA FISCALÍA GENERAL DE MORÓN, Provincia de BUENOS AIRES a cargo del Doctor Matías Javier RAPPAZZO, tramita la I.P.P. Nº PP-10-00-008492-15/00 caratulada “BECHERAN, HECTÓR MARCOS Y OTROS S/HOMICIDIO – ART 79”.

Que, dicha UNIDAD FUNCIONAL solicitó a este Ministerio, mediante oficio de fecha 11 de diciembre de 2023, se ofrezca recompensa para aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención de Héctor Marco BECHERAN, titular del DNI N° 18.461.117, con último domicilio conocido en calle Zabaleta Nº 746 de la localidad de Libertad partido de Merlo, según RENAPER el ultimo domicilio registrado es Euskadi Nº 3677 de la localidad y partido de Lomas de Zamora, ambas direcciones de la provincia de Buenos Aires, sobre quien pesa orden de detención desde el día 18 de marzo de 2015.

Que a Héctor Marco BECHERAN se le imputa el delito de HOMICIDIO SIMPLE (art. 79, del C.P), hecho ocurrido el día 4 de marzo de 2015, siendo aproximadamente las 14:00 horas en la vereda de la arteria Zabaleta a la altura catastral del N° 746 del Barrio Los Aromos de la localidad de Libertad, partido de Merlo, provincia de Buenos Aires un sujeto masculino previo discutir con Enrique Ernesto DIAZ, con el claro designio de darle muerte, le asestó un golpe a éste último mediante el uso de un arma blanca tipo cuchillo de cocina causándole una herida punzocortante de 1,5 centímetros en el tórax, la que por su gravedad ocasiono el óbito en forma rápida.

Que el artículo 3º de la Ley Nº 26.538 establece que la autoridad de aplicación, por sí o a requerimiento del MINISTERIO PÚBLICO FISCAL, hará el ofrecimiento de recompensa y tendrá a su cargo el pago.

Que el artículo 1° del Anexo II de la RESOL-2019-828-APN-MSG establece los montos sobre los cuales se determinarán los ofrecimientos de recompensa; por su parte, el artículo 2º indica que los montos podrán modificarse de acuerdo a la complejidad y gravedad del delito cometido, según lo estime la titular de esta Cartera.

Que, a través de la RESOL-2022-549-APN-MSG de fecha 19 de agosto de 2022, el “PROGRAMA NACIONAL DE COORDINACIÓN PARA LA BÚSQUEDA DE PERSONAS ORDENADA POR LA JUSTICIA” pasó a denominarse “PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS”, el cual funciona dentro de la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS, dependiente de este Organismo.

Que han tomado la intervención de su competencia la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la Dirección de Asuntos Legales, Asesoría y Dictámenes de la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente se dicta en el marco de las atribuciones conferidas en el artículo 4°, inciso b), apartado 9, de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y en los artículos 1° y 3° de la Ley N° 26.538; y de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Conjunta M.J. y D.H. Nº 445/16 y M.S. Nº 271/16 y sus modificatorias, y la RESOL-2019-828-APN-MSG.

Por ello,

LA MINISTRA DE SEGURIDAD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Ofrécese como recompensa, dentro del territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA, la suma de PESOS TRES MILLONES ($3.000.000) destinada a aquellas personas que, sin haber intervenido en los hechos delictuales, brinden datos útiles que permitan lograr la detención de Héctor Marco BECHERAN, titular del DNI N° 18.461.117, con último domicilio conocido en calle Zabaleta Nº 746 de la localidad de Libertad partido de Merlo, según RENAPER el ultimo domicilio registrado es Euskadi Nº 3677 de la localidad y partido de Lomas de Zamora, ambas direcciones de la provincia de Buenos Aires, sobre quien pesa orden de detención desde el día 18 de marzo de 2015.

ARTÍCULO 2°.- Quienes cuenten con información podrán comunicarse telefónicamente con el PROGRAMA NACIONAL DE RECOMPENSAS, dependiente de la DIRECCIÓN NACIONAL DE COOPERACIÓN JUDICIAL Y MINISTERIOS PÚBLICOS de este Ministerio, llamando a la línea gratuita 134.

ARTÍCULO 3°.- El pago de la recompensa será realizado en este Ministerio o en el lugar que designe la representante de esta Cartera de Estado, previo informe del representante de la autoridad interviniente sobre el mérito de la información brindada, preservando la identidad del aportante.

ARTÍCULO 4º.- Encomiéndase a la DIRECCIÓN NACIONAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL de este Ministerio la difusión de la parte dispositiva y el Anexo de la presente en medios de comunicación escritos, radiales o televisivos de circulación nacional.

ARTÍCULO 5°.- Instrúyese a las Fuerzas Federales de Seguridad para que procedan a la difusión y publicación, en todas sus formas, del afiche que obra como (IF-2024-19349154-APN-DNCJYMP#MSG), correspondiente a la recompensa ofrecida, formando parte integrante de la presente Resolución.

ARTÍCULO 6º.- La presente medida entrará en vigor el día de su publicación en EL BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 7º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Patricia Bullrich

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 03/04/2024 N° 17387/24 v. 03/04/2024

Fecha de publicación 03/04/2024