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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 203/2024

Resolución RESOL-2024-203-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1933

Expediente EX-2022-135594818-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 26 de MARZO de 2024

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente presentado por la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN TRANSENER SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), a requerimiento de la empresa LUZ DE TRES PICOS SOCIEDAD ANÓNIMA (LUZ DE TRES PICOS S.A.), para las Etapas 5, 6 y 7 del Parque Eólico Vivoratá (PEVI), consistente en la incorporación de CUARENTA Y CINCO (45) aerogeneradores por una potencia adicional de 202.5 MW a vincular en la Estación Transformadora (ET) Vivoratá, jurisdicción de TRANSENER S.A. 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de esta resolución se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), solicitando a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente de la última publicación efectuada, a fin de que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Disponer que, en caso que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados o proyecto alternativo al del solicitante, se considerará otorgado el Acceso a la Capacidad de Transporte Existente y este Ente Nacional procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente. 4.- Establecer que, en caso de presentarse observaciones u oposiciones fundadas en los términos referidos que sean comunes a otros usuarios o proyecto alternativo de Acceso, se convocará a una Audiencia Pública a fin de recibir las mismas y permitir al solicitante exponer sus argumentos. 5.- Autorizar la Ampliación Menor en la ET Vivoratá, consistente en la extensión de las barras de 132 kV, la construcción de UN (1) campo en 132 kV (Campo Nº 16), UNA (1) nueva salida de línea de 132 kV y UN (1) nuevo cable subterráneo de 132 kV hacia el PEVI. 6.- Hacer saber que, una vez otorgada la habilitación comercial al PEVI el responsable de la instalación deberá comunicar al ENRE su puesta en servicio y dar cumplimiento a los requisitos de la Resolución ENRE Nº 558 de fecha 7 de noviembre de 2022. TRANSENER S.A. deberá incorporar en el primer Informe de Avance que presente luego de finalizadas las obras, la Auditoría Ambiental de Cierre de las mismas y ajustar el Programa de Monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los Campos Electromagnéticos (CEM) que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE ENERGÍA (Ex SE) Nº 77 de fecha 12 de marzo de 1998, en el perímetro de la ET Vivoratá. 7.- Hacer saber que las instalaciones involucradas deberán cumplir con los requerimientos de la normativa vigente, a saber: a) Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones transformadoras); b) Resolución ENRE Nº 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones transformadoras) y; c) Resolución ENRE Nº 620 de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de contenidos mínimos del sistema de seguridad pública de las empresas transportistas). 8.- Notifíquese a TRANSENER S.A., a LUZ DE TRES PICOS S.A., a CAMMESA y al ORGANISMO DE CONTROL DE ENERGÍA ELÉCTRICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (OCEBA). 9.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 03/04/2024 N° 17249/24 v. 03/04/2024

Fecha de publicación 03/04/2024