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30 de Abril de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE JUSTICIA

Resolución 123/2024

RESOL-2024-123-APN-MJ

Ciudad de Buenos Aires, 16/04/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-23340917-APN-DGDYD#MJ, las Leyes Nros. 19.550 (T.O. 1984) y 27.349, ambas con sus modificaciones y normas complementarias y la RESOL-2024-47-APN-MJ, y

CONSIDERANDO:

Que por la Resolución citada en el Visto fue creada, en el ámbito de este Ministerio, la “COMISIÓN DE REFORMA INTEGRAL DEL REGIMEN LEGAL SOCIETARIO”, con el objeto de efectuar un examen pormenorizado de la totalidad del plexo normativo societario y con ello adecuar y actualizar el mismo a las exigencias de la economía, a la protección del derecho de propiedad y a los principios de la autonomía de la voluntad y la libertad contractual.

Que a tales fines se ha encomendado a dicha Comisión la elaboración de DOS (2) proyectos de reforma de la legislación societaria referidos a la Ley General de Sociedades N° 19.550 y a la Ley de Apoyo al Capital Emprendedor N° 27.349, esta última en la parte correspondiente a la “Sociedad por Acciones Simplificada” (SAS), los cuales serán oportunamente elevados al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN para su posterior debate y tratamiento.

Que, asimismo, a través del artículo 2° de la citada Resolución se designó a los miembros integrantes de la Comisión, todo ellos profesionales y especialistas en la materia a tratar, con vasta trayectoria académica y experiencia local e internacional para llevar a cabo el cometido.

Que resulta necesario ampliar el número de integrantes de la Comisión y contar con la amplia experiencia e idoneidad de los Dres. Marcelo Horacio CANGUEIRO (D.N.I. N° 14.680.459) y César PETRACCHI (D.N.I. N° 28.800.492), quienes desarrollaran su tarea, al igual que el resto de los miembros, con carácter “ad honorem” conforme al artículo 3° de la RESOL-2024-47-APN-MJ.

Que, por parte, corresponde subsanar el error material e involuntario en que se ha incurrido en el texto del artículo 2° de la aludida resolución, debiendo consignarse Julia María Luján VILLANUEVA (D.N.I. N° 16.675.”329”).

Que ha tomado intervención la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 1°, inciso ñ) del Decreto N° 101/85 y 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017), ambos con sus respectivos modificatorios y normas complementarias.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Sustitúyese el artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2024-47-APN-MJ por el siguiente:

“ARTÍCULO 2°.- La Comisión creada por el artículo 1° estará integrada a los doctores Marcelo Gustavo BARREIRO (D.N.I. N° 16.089.668), Carlos María ROTMAN (D.N.I. N° 11.773.691), Gabriela Silvina CALCATERRA (D.N.I. N° 18.483.612), Diego Arturo Jaime DUPRAT (D.N.I. N° 14.853.015); Fernando PÉREZ HUALDE (D.N.I. N° 17.410.796); Julia María Luján VILLANUEVA (D.N.I. N° 16.675.329); Juan Ignacio PETRA CREMASCHI (D.N.I. N° 29.112.834), Sebastián BALBÍN (D.N.I. N° 17.255.322); Mariano Luis LOPRETE (D.N.I. N° 28.460.500), Ricardo CONY ETCHART (D.N.I. N° 16.776.942); Marcelo Julián HERNÁNDEZ (D.N.I. N° 17.143.058), Maximiliano STEGMANN (D.N.I. N° 25.024.060), Marcelo Horacio CANGUEIRO (D.N.I. N° 14.680.459) y César PETRACCHI (D.N.I. N° 28.800.492)”.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mariano Cúneo Libarona

e. 18/04/2024 N° 21792/24 v. 18/04/2024

Fecha de publicación 18/04/2024