INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
Resolución 20/2024
RESFC-2024-20-APN-CD#INTI
Ciudad de Buenos Aires, 18/04/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-33982081-APN-DA#INTI, la Ley Orgánica del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL - Decreto-Ley N° 17.138, de fecha 27 de diciembre de 1957, ratificado por la Ley N° 14.467, la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorias, el Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017), la Decisión Administrativa N° 1945, de fecha 26 de diciembre de 2018, las Resoluciones del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL Nros. 56, de fecha 31 de julio de 2023 y 58, de fecha 31 de julio de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por el Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N° 14.467, se creó el INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), como organismo descentralizado actuante en el ámbito del ex MINISTERIO DE COMERCIO E INDUSTRIA.
Que por la Decisión Administrativa N° 1945/18, se aprobó la nueva estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones que se establecen en sus Anexos.
Que por la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL N° 56/23, se asignaron las funciones de Gerenta Operativa de Administración y Finanzas dependiente de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), a la agente de la Planta Permanente Elina Gabriela BUFFA (D.N.I. Nº 21.511.090).
Que por la Resolución del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL N° 58/23, se asignaron las funciones de Subgerente Operativo de Administración y Finanzas de la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), al agente de la Planta Permanente Federico ARRUBE (D.N.I. Nº 24.501.817).
Que mediante la PV-2024-36069245-APN-GOAYF#INTI obrante en el orden número 4 de las actuaciones citadas en el VISTO, la agente de la Planta Permanente Elina Gabriela BUFFA (D.N.I. Nº 21.511.090), a cargo de la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS, solicitó que “se autorice al Cr. Federico Arrube (D.N.I. Nº 24.501.817), desde el 6 al 28 de mayo del corriente año, ante mi ausencia por Licencia Ordinaria, a intervenir en todas las cuestiones que sean necesarias para el normal funcionamiento de esta Gerencia Operativa a mi cargo”.
Que asimismo, mediante la PV-2024-38366757-APN-GOAYF#INTI obrante en el orden número 15, detalló las actividades que contempla la autorización solicitada, a saber: “todas aquellas intervenciones en Actos Administrativos que impliquen ingreso y/o egresos de fondos para el Instituto; autorizaciones de compras bajo las diferentes modalidades comprendidas en el Decreto N° 1030/16 y la Resolución N° 13/18; pagos a proveedores, pagos de haberes del personal, presentaciones ante entidades bancarias vinculadas a la Institución y presentaciones y pagos ante AFIP; y toda intervención y firma de Actos Administrativos propios e inherentes a la Gerencia Operativa de Administración y Finanzas”, entre otras.
Que la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA, mediante el IF-2024-36182725-APN-DA#INTI obrante en el orden número 7, prestó conformidad con la gestión que se propicia.
Que el artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549, establece que: “La competencia de los órganos administrativos será la que resulte, según los casos, de la Constitución Nacional, de las leyes y de los reglamentos dictados en su consecuencia. Su ejercicio constituye una obligación de la autoridad o del órgano correspondiente y es improrrogable, a menos que la delegación o sustitución estuvieren expresamente autorizadas (…)”.
Que el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017), establece que: “El Jefe de Gabinete de Ministros, los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN y órganos directivos de entes descentralizados podrán dirigir o impulsar la acción de sus inferiores jerárquicos mediante órdenes, instrucciones, circulares y reglamentos internos, a fin de asegurar la celeridad, economía, sencillez y eficacia de los trámites, delegarles facultades; intervenirlos; y avocarse al conocimiento y decisión de un asunto a menos que una norma hubiere atribuido competencia exclusiva al inferior. (…)”.
Que por razones de eficiencia y eficacia, y a fin de mantener el normal funcionamiento de este Instituto y la continuidad de la atención de las tareas que se llevan a cabo en la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, resulta necesario hacer lugar a lo solicitado.
Que la Dirección Técnica de Gestión y Desarrollo de Recursos Humanos, dependiente de la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS, mediante el IF-2024-36821759-APN-GORRHH#INTI obrante en el orden número 9, señaló que no tiene objeciones que formular.
Que la GERENCIA OPERATIVA DE ASUNTOS LEGALES ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 3° de la Ley Nacional de Procedimientos Administrativos N° 19.549 y sus modificatorias, el artículo 2° del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. 2017), y el artículo 3° de la Ley Orgánica del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL (INTI) - Decreto-Ley N° 17.138/57, ratificado por la Ley N°14.467.
Por ello,
EL CONSEJO DIRECTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Encomiéndese, a partir del 6 de mayo de 2024 y hasta el 28 de mayo de 2024 inclusive, la firma, la atención del despacho y la resolución de los asuntos concernientes de la GERENCIA OPERATIVA DE ADMINISTRACION Y FINANZAS, dependiente de la DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL (INTI), al agente Federico ARRUBE (D.N.I. N° 24.501.817 - Legajo N° 35.144), en virtud de la ausencia temporal de la agente Elina Gabriela BUFFA (D.N.I. N° 21.511.090 - Legajo N° 30.134).
ARTÍCULO 2°.- Notifíquese la presente a los agentes Federico ARRUBE (D.N.I. N° 24.501.817 - Legajo N° 35.144) y Elina Gabriela BUFFA (D.N.I. N° 21.511.090 - Legajo N° 30.134), por intermedio del Departamento de Administración de Personal dependiente de la GERENCIA OPERATIVA DE RECURSOS HUMANOS.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Gustavo Luis Rodriguez - Daniel Afione
e. 22/04/2024 N° 22697/24 v. 22/04/2024
Fecha de publicación 22/04/2024