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6 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA

Resolución 219/2024

RESOL-2024-219-APN-MEC

Ciudad de Buenos Aires, 23/04/2024

Visto el Expediente N° EX-2024-38412760-APN-DGDMDP#MEC, la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones, las leyes 25.300 y sus modificatorias, 27.264 y 27.444, los decretos 628 del 6 de julio de 2018, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y 215 del 1° de marzo de 2024, y las resoluciones 24 del 6 de febrero de 2024 y 27 del 8 de febrero de 2024, ambas del Ministerio de Economía, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante la ley 25.300 y sus modificatorias se creó el Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME), como un fideicomiso financiero y de administración con el objeto de otorgar garantías en respaldo de las que emitan las Sociedades de Garantía Recíproca y ofrecer garantías directas a las entidades financieras acreedoras de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas y formas asociativas comprendidas en el artículo 1° de dicha ley, con el fin de mejorar las condiciones de acceso al crédito de las mismas.

Que por el artículo 11 de dicha norma se estipuló que la administración del patrimonio y elegibilidad de operaciones del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME) estaría a cargo de un Comité de Administración presidido por el entonces Secretario de la Pequeña y Mediana Empresa o el “representante que éste designe”, e integrado según definiera el Poder Ejecutivo Nacional.

Que posteriormente, por el artículo 8° de la ley 27.444 la denominación del Fondo de Garantía para la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (FOGAPYME) fue sustituida por Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), y por el artículo 44 de la Ley N° 27.264 se designó al entonces Ministerio de Producción como Autoridad de Aplicación del mencionado Fondo de Garantía, con facultades “para delegar tal carácter y sus competencias”.

Que a través el decreto 628 del 6 de julio de 2018 se aprobó la reglamentación del Capítulo II del Título II de la Ley N° 25.300 referido al Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), que entre otras cuestiones dispuso que el Comité de Administración previsto en el artículo 11 de la ley 25.300 se integraría con tres (3) miembros titulares y tres (3) miembros suplentes, a ser designados por la Autoridad de Aplicación a propuesta del entonces Ministerio de Producción, de la ex Secretaría de Emprendedores y de la Pequeña y Mediana Empresa del citado ex Ministerio y del Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. (BICE), respectivamente.

Que por el decreto 8 del 10 de diciembre de 2023 se modificó la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones asignándole al Ministerio de Economía las competencias anteriormente atribuidas al ex Ministerio de Producción, en todo lo inherente al desarrollo productivo y la industria, entre otras.

Que a través del decreto 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y en particular en el decreto 293 del 5 de abril de 2024, se sustituyó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría del Ministerio de Economía, estableciendo los objetivos y funciones, entre otras, de la Secretaría de Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía, y la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Asuntos Productivos y de la Bioeconomía de la Secretaría Legal y Administrativa del citado Ministerio.

Que al titular de la Secretaría de Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de Economía tiene entre sus funciones asistir al Ministro en la determinación de los objetivos y las políticas para la industria y el comercio, las pequeñas y medianas empresas, los emprendedores y la economía del conocimiento; y en la coordinación de la gestión operativa de dichas áreas.

Que en dicho orden de ideas por el decreto 215 del 1° de marzo de 2024 se designó al Ministerio de Economía como fiduciante en representación del Estado Nacional, en todos los fondos fiduciarios integrados total o parcialmente con bienes y/o fondos del Estado Nacional, ejerciendo en ese carácter la dirección y conducción de dichos fondos fiduciarios.

Que a fin de operativizar los instrumentos de asistencia del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), continuar impulsando la recuperación del entramado productivo de la Nación, y facilitar el acceso al financiamiento de sus distintos actores, resulta oportuno derogar la resolución 24 del 6 de febrero de 2024 del Ministerio de Economía, por la cual se delegó en la ex Secretaría de Industria y Desarrollo Productivo del citado ministerio, el ejercicio de las funciones de Autoridad de Aplicación del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) del Capítulo II del Título II de la ley 25.300 y sus modificatorias y del decreto 628/2018; y que dicho ejercicio se delegue en la Secretaría de Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de Economía.

Que, asimismo, resulta necesario y oportuno el reemplazo de los miembros integrantes del Comité de Administración de dicho Fondo.

Que resulta conveniente, asimismo, autorizar al Secretario de Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de Economía, a reemplazar a los representantes titulares y suplentes de esta Cartera ante el Fondo de Garantías Argentino (FoGAr).

Que el servicio jurídico permanente del Ministerio de Economía ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Ley de Ministerios -t.o. 1992- y sus modificaciones y el artículo 44 de la ley 27.264.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnase al Secretario de Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de Economía, Abogado Juan Alberto Pazo (M.I. N° 20.493.396), como miembro titular del Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr).

ARTÍCULO 2°.- Desígnase al Subsecretario de Gestión Administrativa de Asuntos Productivos y de la Bioeconomía de la Secretaría Legal y Administrativa del Ministerio de Economía, Licenciado en Administración Joaquín Pérez Trípodi (M.I. N° 25.790.277), como miembro titular del Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr).

ARTÍCULO 3°.- Desígnase al Director Titular del Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A. (BICE), Abogado Ernesto Juan Marti Reta (M.I. N° 20.794.173), como miembro titular del Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr), en representación del BICE S.A.

ARTÍCULO 4°.- Delégase en la Secretaría de Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de Economía, el ejercicio de las funciones de Autoridad de Aplicación del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr) del Capítulo II del Título II de la ley 25.300 y sus modificatorias y del decreto 628 del 6 de julio de 2018.

ARTÍCULO 5°.- Autorízase al Secretario de Planeamiento y Gestión para el Desarrollo Productivo y de la Bioeconomía del Ministerio de Economía, a reemplazar a los representantes titulares y suplentes del Comité de Administración del Fondo de Garantías Argentino (FoGAr).

ARTÍCULO 6°.- Deróganse las Resoluciones Nros. 24 del 6 de febrero de 2024 y 27 del 8 de febrero de 2024, ambas del Ministerio de Economía.

ARTÍCULO 7°.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 8°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Luis Andres Caputo

e. 24/04/2024 N° 23560/24 v. 24/04/2024

Fecha de publicación 24/04/2024