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6 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 56/2024

RESOL-2024-56-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2023-112484216-APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2024-7620604-APN-SE#MEC, EX-2024-10120609-APN-SE#MEC y EX-2024-11838218-APN-DGDA#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la MUNICIPALIDAD DE CUTRAL CO solicita su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Parque Solar Fotovoltaico Cutral Co de TRES COMA DOS MEGAVATIOS (3,2 MW), ubicado en el Departamento Confluencia, Provincia del NEUQUÉN, conectado al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) a instalaciones de la COOPERATIVA de PROVISIÓN de SERVICIOS PÚBLICOS, CRÉDITOS y VIVIENDA CUTRAL CO LTDA. (COPELCO LTDA.), vinculada a la Estación Transformadora Cutral Co, jurisdicción del ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (EPEN).

Que mediante la Nota N° B-169638-1 de fecha 15 de enero de 2024 (IF-2024-07621403-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2024-07620604-APN-SE#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informa que la MUNICIPALIDAD DE CUTRAL CO cumple para su Parque Solar Fotovoltaico Cutral Co los requisitos exigidos en los puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.

Que mediante Decreto Nº 4.892 de fecha 12 de septiembre de 2023 (IF-2023-112485785-APN-SE#MEC), la Municipalidad de Cutral Co aprueba el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Solar Fotovoltaico Cutral Co.

Que la MUNICIPALIDAD DE CUTRAL CO ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.390 de fecha 26 de marzo de 2024 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la MUNICIPALIDAD DE CUTRAL CO para su Parque Solar Fotovoltaico Cutral Co de TRES COMA DOS MEGAVATIOS (3,2 MW), ubicado en el Departamento Confluencia, Provincia del NEUQUÉN, conectado al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de TRECE COMA DOS KILOVOLTIOS (13,2 kV) a instalaciones de la COOPERATIVA de PROVISIÓN de SERVICIOS PÚBLICOS, CRÉDITOS y VIVIENDA CUTRAL CO LTDA. (COPELCO LTDA.), vinculada a la Estación Transformadora Cutral Co, jurisdicción del ENTE PROVINCIAL DE ENERGÍA DEL NEUQUÉN (EPEN).

ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la MUNICIPALIDAD DE CUTRAL CO, titular del Parque Solar Fotovoltaico Cutral Co en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la MUNICIPALIDAD DE CUTRAL CO, a CAMMESA, a la COOPERATIVA de PROVISIÓN de SERVICIOS PÚBLICOS, CRÉDITOS y VIVIENDA CUTRAL CO LTDA. (COPELCO LTDA.) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE ENERGÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Javier Rodriguez Chirillo

e. 26/04/2024 N° 24208/24 v. 26/04/2024

Fecha de publicación 26/04/2024