COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
Resolución 108/2024
Ciudad de Buenos Aires, 24/04/2024
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2023-126917231-APN-DGDYD#JGM, la Ley N° 26.727, el Decreto N° 1.759 de fecha 3 de abril de 1972 (t.o. 2017) y las Resoluciones de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO N° 15 de fecha 28 de febrero de 2023 y N° 84 de fecha 08 de abril de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nº 84 de fecha 08 de abril de 2024 se determinaron las remuneraciones mínimas para el personal que se desempeña en las tareas de HORTICULTURA, en el ámbito de las Provincias del CHACO y de FORMOSA.
Que, habiéndose advertido en la misma un error material involuntario en el Anexo de la citada Resolución, debe procederse a su rectificación.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el inciso i) artículo 89 de la Ley N° 26.727, por el artículo 101 del Decreto N° 1.759/72 (t.o. 2017) y la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO N° 15 de fecha 28 de febrero de 2023.
Por ello,
LA COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Rectifícase el Anexo de la Resolución de la COMISIÓN NACIONAL DE TRABAJO AGRARIO Nº 84 de fecha 08 de abril de 2024, conforme se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución.
ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-
Fernando D. Martinez
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 29/04/2024 N° 24466/24 v. 29/04/2024
Fecha de publicación 29/04/2024