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15 de Mayo de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto 371/2024

DECTO-2024-371-APN-PTE - Desígnase Directora Nacional de Ceremonial.

Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-25822104-APN-DGD#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 1973 del 20 de octubre de 1986 y sus modificatorios, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y las Decisiones Administrativas N° 70 del 10 de febrero de 2020 y su modificatoria y 700 del 23 de agosto de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto N° 50/19 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría y sus respectivos Objetivos, entre los que se encuentran los correspondientes al MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que por la Decisión Administrativa N° 70/20 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del citado Ministerio.

Que por la Decisión Administrativa N° 700/23 se dio por designado con carácter transitorio, a partir del 11 de julio de 2023, al señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Alberto Alfredo Manuel TRUEBA en el cargo de Director Nacional de Ceremonial de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES de la referida Jurisdicción.

Que el señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Alberto Alfredo Manuel TRUEBA presentó su renuncia al cargo antes citado.

Que, en consecuencia, resulta necesario proceder a la cobertura transitoria del cargo vacante de Director Nacional de Ceremonial de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que el citado Ministerio solicita la designación transitoria de la señora Ministro Plenipotenciario de Primera Clase Georgina Clotilde FERNANDEZ DESTEFANO en el cargo precedentemente mencionado, con el fin de asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a dicha dependencia.

Que, asimismo, resulta menester asignar la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, conforme lo establece el artículo 7° del Anexo del Decreto N° 1973/86, reglamentario de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, a la citada funcionaria, mientras dure el desempeño de sus funciones en el mencionado cargo.

Que la presente medida no genera erogación presupuestaria adicional alguna al ESTADO NACIONAL.

Que ha tomado la intervención de su competencia la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 7° del Decreto N° 1973/86.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Acéptase la renuncia presentada por el señor Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase Alberto Alfredo Manuel TRUEBA (D.N.I. N° 13.058.462) al cargo de Director Nacional de Ceremonial de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase con carácter transitorio en el cargo de Directora Nacional de Ceremonial de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la señora Ministro Plenipotenciario de Primera Clase Georgina Clotilde FERNANDEZ DESTEFANO (D.N.I. N° 17.878.414).

ARTÍCULO 3°.- Asígnase la categoría de Embajador Extraordinario y Plenipotenciario, al solo efecto del rango protocolar, conforme lo establece el artículo 7° del Anexo del Decreto N° 1973/86, reglamentario de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, a la señora Ministro Plenipotenciario de Primera Clase Georgina Clotilde FERNANDEZ DESTEFANO (D.N.I. N° 17.878.414), mientras dure en el desempeño de sus funciones como Directora Nacional de Ceremonial de la UNIDAD GABINETE DE ASESORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida no genera erogación presupuestaria adicional alguna al ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Diana Mondino

e. 30/04/2024 N° 25031/24 v. 30/04/2024

Fecha de publicación 30/04/2024