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29 de Julio de 2019

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIONES

Disposición 1308/2024

DI-2024-1308-APN-DNM#MI

Ciudad de Buenos Aires, 29/04/2024

VISTO el Expediente EX-2017-27232442- -APN-DGA#DNM del registro de la Dirección Nacional de Migraciones, organismo descentralizado actuante en la órbita del Ministerio del Interior, las Disposiciones N° DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI del 30 de diciembre del 2016, N° DI-2019-737-APN-DNM#MI de 7 de febrero de 2019, N° DI-2019-1907-APN-DNM#MI del 30 de abril de 2019, N° DI-2019-4277-APN-DNM#MI de 7 de octubre de 2019, N° DI-2020-2239-APN-DNM#MI del 22 de mayo de 2020, N° DI-2021-850-APN-DNM#MI del 9 de abril de 2021, N° DI-2021-2006-APN-DNM#MI del 23 de julio 2021, N° DI-2021-2549-APN-DNM#MI del 23 de septiembre de 2021, N° DI-2022-2338-APN-DNM#MI del 5 de octubre 2022, N° DI-2023-1-APN-DNM#MI del 17 de enero de 2023 y N° DI-2023-1476-APN-DNM#MI de 26 de abril de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que conforme la Decisión Administrativa Nº 1254 del 3 de noviembre de 2016 y la Disposición N° DI-2016-6746-E-APN-DNM#MI y modificatorias se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo y la correspondiente a las aperturas inferiores de la Dirección Nacional de Migraciones, disponiéndose la existencia de la Dirección de Control Terrestre de la Dirección de Control Aéreo y de la Dirección de Control Marítimo - Fluvial dependientes de la Dirección General de Movimiento Migratorio de esta Dirección Nacional con la facultad de coordinar y planificar la operatoria de control de ingresos y egresos en todos los Pasos Internacionales del Territorio Nacional.

Que, mediante Disposición N° DI-2019-737-APN-DNM#MI se creó la función de Supervisor Regional de Frontera, en el ámbito de la Dirección General de Movimiento Migratorio de la Dirección Nacional de Migraciones brindando una mayor presencia y con la finalidad de dar respuesta a los requerimientos que a diario se dan origen en los diferentes Pasos Internacionales del Territorio Nacional.

Que, en ese orden, la referida función de Supervisor Regional de Frontera tiene a su cargo la fiscalización de la operatividad de la totalidad de los Pasos Internacionales habilitados en el Territorio Nacional.

Que, cada Supervisión Regional de Frontera resulta conformada por dos (2) supervisores, uno (1) Titular y uno (1) Adjunto designados a propuesta y debida valoración de la Dirección General de Movimiento Migratorio de la Dirección Nacional de Migraciones.

Que, consecuentemente y por razones de índole operativa resulta necesaria la asignación de funciones y/o readecuación en la nómina de funcionarios en su calidad de Supervisores Regionales de Frontera de carácter Titular y Adjuntos a partir de la fecha del dictado de la presente medida.

Que la Dirección General de Administración de la Dirección Nacional de Migraciones acreditó que la medida propuesta no modifica ni la estructura organizativa, ni las jerarquías existentes.

Que la Dirección de Asuntos Legales de la Dirección General Técnica - Jurídica de la Dirección Nacional de Migraciones ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 29 de la Ley N° 25.565, el Decreto N° 1410 del 3 de diciembre de 1996 y el Decreto N° DECTO-2024-37-APN-PTE del 8 de enero de 2024.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Modifíquese el Anexo III de la Disposición N° DI-2019-737-APN-DNM#MI del 7 de febrero de 2019, conforme la presente actualización incorporada mediante Anexo (DI-2024-38729945-APN-DGMM#DNM), el cual forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Dispóngase que las presentes asignaciones de funciones resultarán operativas a partir la fecha del dictado de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- Gírense las presentes actuaciones a la Dirección General de Administración de la Dirección Nacional de Migraciones para su notificación y respectivo diligenciamiento.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

Sebastian Pablo Seoane

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 02/05/2024 N° 25470/24 v. 02/05/2024

Fecha de publicación 02/05/2024