Edición del
29 de Julio de 2019

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7992/2024

17/04/2024

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CÁMARAS ELECTRÓNICAS DE COMPENSACIÓN:

Ref.: Circular SINAP 1-207: Sistema Nacional de Pagos. Truncamiento de cheques y transmisión de imágenes.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución ha resuelto modificar el monto de los cheques truncados sin envío de imagen.

Las entidades depositarias de cheques deberán retener los documentos y transmitir la correspondiente información electrónica a la cámara de compensación cuando su importe sea menor o igual a $ 1.000.000 (un millón de pesos).

Para los cheques superiores al monto fijado, las entidades depositarias deberán retener los documentos y transmitir, adicionalmente al registro electrónico, la imagen de su frente y dorso.

Asimismo, las entidades depositarias, independientemente del monto, deberán enviar la imagen del frente y dorso de la totalidad de los restantes instrumentos compensables.

La medida entrará en vigencia el 29 de abril de 2024

Saludamos a Uds. atentamente

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

José Luis Nicolucci, Subgerente de Vigilancia de Pagos y Valores - Luis A. D´Orio, Gerente Principal de Sistemas de Pago y Cuentas Corrientes.

e. 02/05/2024 N° 25340/24 v. 02/05/2024

Fecha de publicación 02/05/2024