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23 de Febrero de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

Disposición 18/2024

DI-2024-18-APN-ANSV#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 06/05/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-21168934-APN-DGA#ANSV del Registro de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA, las Leyes Nros. 24.156, 25.164, 26.363 y 27.701, los Decretos Nros. 1787 del 5 de noviembre de 2008, 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, 377 del 26 de marzo de 2014, 93 del 30 de enero de 2018 y su modificatorio, 1035 del 8 de noviembre de 2018, 426 del 22 de julio de 2022 y su modificatorio y prórrogas, 88 del 26 de diciembre de 2023, 195 del 26 de febrero de 2024, 293 del 8 de abril de 2024 y la Decisión Administrativa Nº DECAD-2023-328-APN-JGM y las Disposiciones Nros. 222 del 21 de diciembre de 2010 y 468 del 2 de junio de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 1° de la Ley N° 26.363 se creó la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL como organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR, actualmente actuante en la órbita de la SECRETARÍA DE TRANSPORTE del MINISTERIO DE ECONOMÍA conforme los Decretos Nros. 195 del 26 de febrero de 2024 y 293 del 8 de abril de 2024.

Que por la Disposición Nº 222 del 21 de diciembre de 2010 de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL se aprobaron las aperturas inferiores de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA correspondientes a los niveles de departamento de las áreas de apoyo de ese organismo descentralizado.

Que por el decreto Nº 377 del 26 de marzo de 2014 se ha designado a la Lic. PERALTA, Anabel Vanina (DNI 29.332.266) en el cargo de Supervisora de Auditoría de Planificación y Gestión de la UNIDAD INTERNA ADJUNTA de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (NIVEL B, GRADO 0, Función Ejecutiva IV del SINEP), y prorrogado en la última oportunidad por la Disposición Nº DI-2023-468-APN-ANSV#MTR.

Que razones operativas hacen necesario prorrogar la designación transitoria aludida, atento no haberse podido dar cumplimiento al proceso de selección establecido el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) homologado por el Decreto N° 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, para asegurar el normal funcionamiento de las exigencias de servicio.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha corroborado que la Lic. Peralta Anabel Vanina se encuentra desempeñando el cargo referido desde la fecha consignada en su designación, y que no se encuentra comprendido en la limitación establecida por el artículo 1º del Decreto Nº 93 del 30 de enero de 2018 modificado por el Decreto Nº 12 del 10 de diciembre de 2023, y no se halla incurso en los impedimentos establecidos en el Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, de conformidad con el Decreto Nº 1421 del 8 de agosto de 2002.

Que por el Decreto N° 426 del 22 de julio de 2022 se estableció que las Jurisdicciones y Entidades del Sector Público Nacional comprendidas en los incisos a) y c) del artículo 8° de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza o fuente de financiamiento, hasta el 31 de diciembre de 2023, prorrogado por el Decreto Nº 284 del 27 de marzo de 2024 hasta el 30 de junio de 2024, quedando exceptuadas de la prohibición prevista, las prórrogas de designaciones transitorias conforme al artículo 2°, inciso d. del Decreto 426 del 21 de julio de 2022.

Que por el Decreto Nº 88 del 26 de diciembre de 2023 se dispuso que a partir del 1° de enero de 2024 regirán las disposiciones de la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y sus modificatorias.

Que por el Decreto Nº 2098/08, sus modificatorios y complementarios, se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal de SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que la presente medida no constituye asignación de recurso extraordinario alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL ha certificado la existencia de crédito presupuestario en el Ejercicio Financiero 2024 para solventar la presente medida.

Que la DIRECCIÓN DE RECURSOS HUMANOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL y la DIRECCIÓN DE ASUNTOS LEGALES Y JURÍDICOS de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL han tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 3º del Decreto N° 1035 del 8 de noviembre de 2018.

Por ello,

LA DIRECTORA EJECUTIVA DE LA AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada, a partir del día 24 de febrero de 2024 con carácter transitorio por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria de la Lic. Peralta, Anabel Vanina (DNI: 29.332.266) en el cargo de Supervisora de Auditoría de Planificación y Gestión de la UNIDAD INTERNA ADJUNTA de la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA de la AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL (NIVEL B, GRADO 0, Función Ejecutiva IV del SINEP), en las mismas condiciones que la designación aprobada por el Decreto N° 377 del 26 de marzo de 2014 y prorrogada por ultima vez por la Disposición ANSV N° 468 del 2 de junio de 2023.

Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir la Lic. Peralta, Anabel Vanina los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.

ARTÍCULO 2°.- El cargo consignado en el artículo 1º deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial, homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 24 de febrero de 2024.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 50 – MINISTERIO DE ECONOMÍA – O.D. 203 – AGENCIA NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese a la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, dentro de los cinco (5) días de dictada la presente medida, de acuerdo a lo previsto por el artículo 8° del Decreto N° 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Daniela Fernanda Ortiz

e. 08/05/2024 N° 27298/24 v. 08/05/2024

Fecha de publicación 08/05/2024