SERVICIO EXTERIOR
Decreto 401/2024
DECTO-2024-401-APN-PTE - Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Francesa.
Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-04424981-APN-DGD#MRE, el Acuerdo prestado por el H. SENADO DE LA NACIÓN y la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957 y sus modificatorias, y
CONSIDERANDO:
Que el H. SENADO DE LA NACIÓN ha prestado el Acuerdo correspondiente a la designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del señor Ian SIELECKI, según lo dispuesto por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.
Que, oportunamente, el Gobierno de la REPÚBLICA FRANCESA concedió el plácet de estilo al señor Ian SIELECKI para su designación como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en dicho país.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, conforme las atribuciones conferidas por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Nómbrase en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO funcionario de la Categoría “A” Embajador Extraordinario y Plenipotenciario al señor Ian SIELECKI (D.N.I. N° 35.325.094), de conformidad con lo establecido por el artículo 5° de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957.
ARTÍCULO 2º.- Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la REPÚBLICA FRANCESA al señor Ian SIELECKI (D.N.I. N° 35.325.094).
ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas de la Jurisdicción 35 – MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Diana Mondino
e. 14/05/2024 N° 29067/24 v. 14/05/2024
Fecha de publicación 14/05/2024