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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución 227/2024

RESOL-2024-227-APN-INPI#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 10/05/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-36835370-APN-DO#INPI del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), organismo autárquico que funciona en la órbita del MINISTERIO DE ECONOMIA, y

CONSIDERANDO:

Que la señora CARMEN AMELIA MARGARITA GIANNI (DNI N° 10.120.270) ha solicitado en fecha 19 de marzo de 2024, la suspensión a la matrícula Nº 2371 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL mediante notificación fehaciente.

Que la suspensión de la matrícula está prevista por el artículo 13, inciso b) apartado 1 de la Resolución INPI N°164/2021, que aprueba el Reglamento para el ejercicio de la Profesión de Agente de la Propiedad Industrial, estando la presente suspensión contemplada en la norma legal citada.

Que a fin de otorgarle mayor seguridad jurídica a la suspensión respecto de terceros, resulta conveniente que el interesado notifique su baja en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

Que la Dirección de Asuntos Legales ha tomado la intervención que le compete.

Que de acuerdo a las disposiciones legales vigentes, el señor Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, se encuentra facultado para suscribir la presente autorización.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1º.- Acéptase la suspensión de la señora CARMEN AMELIA MARGARITA GIANNI (DNI N°10.120.270), a la Matrícula Nº 2371 de AGENTE DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL.

ARTICULO 2º.- Procédase a formalizar la suspensión en el Registro de la Matrícula de Agentes de la Propiedad Industrial, por intermedio del Departamento de Mesa de Entradas, Archivo y Notificaciones de la Dirección Operativa.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese a la interesada que le incumbe la obligación de notificar su suspensión en la matrícula en cada uno de los expedientes que tenga en trámite.

ARTICULO 4º.-. Notifíquese a la interesada y a los sectores intervinientes del Instituto.

ARTICULO 5º.- Regístrese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por el término de UN (1) día en el Boletín Oficial, publíquese en los Boletines de Marcas y de Patentes, comuníquese y archívese.

Carlos María Gallo

e. 16/05/2024 N° 29803/24 v. 16/05/2024

Fecha de publicación 16/05/2024