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30 de Abril de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - ADUANA BERNARDO DE IRIGOYEN

EDICTO DE NOTIFICACIÓN (ART. 1013 INC. H) CÓDIGO ADUANERO

Por desconocerse el domicilio de las personas que más abajo se detallan y/o por encontrarse en el extranjero, se cita a las mismas, en los términos del Art. 1013 inc. h), para que dentro del plazo de 10 (diez) días hábiles administrativos comparezcan en los Sumarios enumerados respectivamente a presentar defensa y ofrecer pruebas por las infracciones que en cada caso se indican, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberán asimismo constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina (Art. 1001 C.A.), bajo apercibimiento del Art. 1004 C.A. Se les hace saber que de corresponder el pago de la multa mínima y el abandono de la mercadería, producirá la extinción de la acción penal aduanera, el antecedente no será registrado (Arts. 930/932 del C.A.). Se les notifica y hace saber que: con relación a las mercaderías se INTIMA a los que se consideren titulares o interesados de las mismas a que en el plazo de diez (10) días de publicado el presente soliciten, de corresponder una destinación aduanera permitida previo pago de las multas y/o tributos que por derecho correspondieren, debiendo presentarse en la Aduana de Bernardo de Irigoyen, situada en Av. Andrés Guacurarí N° 121, Bernardo de Irigoyen, Misiones, bajo apercibimiento de considerar las mismas abandonadas en favor del Estado Nacional, en cuyo caso se procederá a la venta en la forma prevista por los arts. 429 ssgtes. y ccs. del Código Aduanero, y/o se pondrán a disposición de la SGPN, cfr. los Arts. 4° y 5° de la Ley 25.603. Se aclara que respecto a las mercaderías a las que no se les pueda dar el tratamiento descripto, se procederá conforme lo establecido en el Art. 448 del Código Aduanero. Fdo. Abog. Marcelo Gabriel Bulacio, Administrador Aduana Bernardo de Irigoyen, 11 de junio de 2024.-

SC82 N°CAUSANTEINF.ART.C.A.MULTA
APELLIDO Y NOMBRED.N.I/CI/PASLEY 22.415MINIMA $
150-2021/2ACOSTA ROBERTO JULIANDNI26.776.120987$329.313,60
190-2022/3MIÑO MIGUEL ANGELDNI41.302.683985$78.790,30
194-2022/1GUNZEL JORGEDNI24.010.344985$133.169,94
204-2022/0FURTS RUBEN VALDECIRDNI40.873.908987$594.510,00
41-2023/7VIEIRA DA SILVA ILSONCI5.865.174971$2.105.200,00
65-2023/5ARCE LUCAS MARTINDNI38.889.988987$887.246,55
69-2023/8RODRIGUEZ ALMEIDA KEVIN ROGELIODNI44.149.607987$368.113,83
21-2024/9ALVES BINA MIGUEL ALBERICPF053368319-61971$2.216.000,00
24-2024/3ACOSTA YUNIOR YONATANDNI43.619.352970$3.124.006,00

Marcelo Gabriel Bulacio, Administrador de Aduana.

e. 12/06/2024 N° 37505/24 v. 12/06/2024

Fecha de publicación 12/06/2024