ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Disposición Sintetizada 1137/2024
DI-2024-1137-DNCSP#ENACOM 11/06/2024
EX-2022-63116490- APN-DNCSP#ENACOM
LA DIRECCIÓN NACIONAL DE CONTROL DE SERVICIOS POSTALES DEL ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES, ha dispuesto: 1.- Declarar la baja de la firma GRANATE S.R.L. del SUBREGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE MENSAJERÍA, el que actúa en la órbita del R.N.P.S.P. 2.- Suspender los efectos de la baja operada de pleno derecho, de conformidad con lo establecido en el artículo 12 de la Ley Nº 19.549 de Procedimientos Administrativos. 3.- Declarar que la firma GRANATE S.R.L acredite el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Decreto N° 1.187/93 y sus modificatorios, para su reinscripción en el SUBREGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE MENSAJERÍA dependiente del R.N.P.S.P. 4.- Reinscribir a la firma GRANATE S.R.L. en el SUBREGISTRO DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE MENSAJERÍA, con el número 16. 5.- Registrar que la firma GRANATE S.R.L. ha declarado la prestación del servicio de MENSAJERÍA URBANA de tipo pactado. 6.- Registrar que la firma GRANATE S.R.L. ha declararado cobertura geográfica en la Provincia de CÓRDOBA en forma total, con medios propios. 7.- Establecer que el vencimiento del plazo previsto por el Artículo 2º de la Resolución CNCT Nº 007/96 para que la empresa GRANATE S.R.L. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el último día hábil del mes, en el cual se publique la presente disposición de reinscripción en el Boletín Oficial. 8.- Publíquese en extracto, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL, notifíquese y cumplido, archívese. Firmado: Daniela Alejandra Naso, a cargo de la firma del despacho, Dirección Nacional de Control de Servicios Postales, ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES.
Maria Florencia Torres Brizuela, Analista, Área Despacho.
e. 14/06/2024 N° 38389/24 v. 14/06/2024
Fecha de publicación 14/06/2024