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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD

Resolución 1994/2024

RESOL-2024-1994-APN-MS

Ciudad de Buenos Aires, 25/06/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-58476996-APN-DD#MS, la Ley 17.102, el Decreto Reglamentario N° 8248 del 23 de diciembre de 1968, los Decretos Nros. 598 del 20 de abril de 1987, 815 del 13 de junio de 1989, 219 del 30 de marzo de 2017, 225 del 2 de mayo de 2022, las Resoluciones Nros. RESOL-2024-56-APN-MS del 30 de enero de 2024 y RESOL-2024-563-APN-MS del 16 de abril de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 17.102 faculta al Poder Ejecutivo Nacional a constituir los “Servicios de Atención Médica Integral para la Comunidad” de acuerdo con la finalidad y demás especificaciones de dicha ley.

Que la referida normativa prevé, en su artículo 4°, la constitución de los Servicios de Atención Médica Integral para la Comunidad (S.A.M.I.C.) con carácter condicional durante un período inicial no mayor a TRES (3) años y, cumplido ese lapso experimental, el Poder Ejecutivo Nacional resolverá la condición jurídica que en definitiva corresponda atribuirle.

Que, en virtud de ello, con fecha 9 de abril de 1987 se suscribió un Convenio entre el ex MINISTRO DE SALUD Y ACCIÓN SOCIAL y el entonces INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, mediante el cual se constituyó el Ente HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, SERVICIO DE ATENCIÓN MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD – SAMIC, en el marco de la Ley Nacional N° 17.102 y de su decreto reglamentario 8248/1968.

Que por el Decreto N° 815/1989 se aprobó el Convenio celebrado con fecha 7 de abril de 1989, por el cual se constituyó en forma definitiva el Ente HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, SERVICIO DE ATENCIÓN MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD – SAMIC y se aprobó su Estatuto.

Que por el Decreto N° 219/2017 se aprobó un nuevo Convenio que fue suscripto entre el ESTADO NACIONAL, MINISTERIO DE SALUD, y la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, mediante el cual por su cláusula PRIMERA, se aprueba aumentar la participación presupuestaria de la jurisdicción NACIONAL a un OCHENTA POR CIENTO (80%) y disminuir la participación de la jurisdicción de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES a un VEINTE POR CIENTO (20%), a fin de afrontar el sostenimiento del Ente HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, SERVICIO DE ATENCIÓN MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD – SAMIC.

Que, asimismo, en la cláusula SEGUNDA del Convenio mencionado en el considerando precedente las partes han declarado que el Consejo de Administración estará integrado por CINCO (5) miembros, en el que LA CIUDAD participará con un integrante y, en consecuencia, la participación restante se integrará con miembros de LA NACIÓN.

Que mediante el artículo 3° de la Resolución Ministerial N° RESOL-2024-56-APN-MS de fecha 30 de enero de 2024, se designó a la Doctora Karina Paola FIQUEPRON (D.N.I.: 24.251.083) como representante de este MINISTERIO para la integración del Consejo de Administración del Ente HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, SERVICIO DE ATENCIÓN MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD -SAMIC, a partir de la publicación de la medida.

Que la Doctora Karina Paola FIQUEPRON (D.N.I.: 24.251.083) ha presentado la renuncia al cargo en que fuera designada mediante la mencionada Resolución Ministerial N° RESOL-2024-56-APN-MS de fecha 30 de enero de 2024.

Que mediante Resolución N° RESOL-2024-563-APN-MS de fecha 16 de abril de 2024 se dio por aceptada a partir del 01 de abril de 2024, la renuncia presentada por el Doctor Aldo Lisandro HAIMOVICH (D.N.I. N°12.975.529), a su cargo como representante del MINISTERIO DE SALUD para la integración del Consejo de Administración del Ente HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, en el que fuera designado mediante Resolución Ministerial N° 843 de fecha 24 de abril de 2022.

Que, a los efectos de proceder a la designación de los representantes del MINISTERIO DE SALUD, en el Consejo de Administración del HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, SERVICIO DE ATENCIÓN MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - SAMIC, se han evaluado los antecedentes del Doctor Andrés Roberto SCARSI (D.N.I. 29.462.285) y la Licenciada Silvia Margarita PRIERI (D.N.I. 20.448.949) quienes reúnen los requisitos de experiencia e idoneidad para desempeñar dicha función.

Que la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo normado por la Ley N° 17.102 y lo establecido por los Decretos Nros. 8248/1968 y 219/2017.

Por ello,

EL MINISTRO DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Dase por aceptada la renuncia presentada por la Doctora Karina Paola FIQUEPRON (D.N.I.: 24.251.083) como representante del MINISTERIO DE SALUD en el Consejo de Administración del Ente HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, SERVICIO DE ATENCIÓN MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - SAMIC, a partir del 31 de mayo de 2024.

ARTÍCULO 2°.- Dase por designado al Doctor Andrés Roberto SCARSI (D.N.I. 29.462.285) por el término de DOS (2) años, como representante del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN para la integración del Consejo de Administración del Ente HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, SERVICIO DE ATENCIÓN MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - SAMIC, a partir del 01 de junio de 2024.

ARTÍCULO 3°.- Dase por designada a la Licenciada Silvia Margarita PRIERI (D.N.I. 20.448.949) por el término de DOS (2) años, como representante del MINISTERIO DE SALUD DE LA NACIÓN para la integración del Consejo de Administración del Ente HOSPITAL DE PEDIATRÍA S.A.M.I.C. “PROFESOR DR. JUAN P. GARRAHAN”, SERVICIO DE ATENCIÓN MEDICA INTEGRAL PARA LA COMUNIDAD - SAMIC a partir del 01 de junio de 2024.

ARTÍCULO 4°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese.

Mario Antonio Russo

e. 26/06/2024 N° 40537/24 v. 26/06/2024

Fecha de publicación 26/06/2024