AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN
Resolución 45/2024
RESOL-2024-45-APN-ANPIDTYI#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 26/06/2024
VISTO el EX-2024-39743252- -APN-DGA#ANPIDTYI, la Ley N.º 27.701, los Decretos N.º 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios, N.º 355 del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, N.º 157 del 14 de febrero de 2020, N.º 88 del 26 de diciembre de 2023, N.º 45 del 14 de diciembre de 2023, las Decisiones Administrativas N.º 379 del 19 de abril de 2021 y su modificatoria N.º 589 del 19 de julio del 2023 y N.º 5 del 11 de enero de 2024, y;
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto se propicia la asignación transitoria de funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Evaluación de Calidad y Reportes dependiente de la Dirección Nacional de Diseño y Ejecución de Instrumentos de Promoción de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que para el cargo mencionado se ha propuesto a la licenciada Daniela Érica ALEGRIA (DNI N° 31.281.636), titular de un cargo de Planta Permanente Nivel A, Grado 05, Agrupamiento PROFESIONAL, Tramo INTERMEDIO, del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (S.I.N.E.P.), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N.º 2098/2008.
Que por la Ley N.º 27.701 se aprobó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023, el cual ha sido prorrogado mediante el Decreto N.º 88/2023, y cuyos Recursos y Créditos Presupuestarios fueron determinados a través de la Decisión Administrativa N.º. 5/2024.
Que por el Decreto N.º 157/2020 se creó la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN como organismo descentralizado, con autarquía administrativa y funcional, actuante en la órbita del ex MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN.
Que por la Decisión Administrativa N.º 379/2021 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, la cual ha sido modificada por su similar N.º 589 de fecha 19 de julio de 2023.
Que mediante el Decreto N.º 45/2023 se dispuso que la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, en su carácter de organismo descentralizado, funcione en el ámbito jurisdiccional de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.
Que la agente propuesta cumple con los requisitos de experiencia e idoneidad para desempeñar la función del cargo cuya asignación se propicia, como así también los exigidos para la situación escalafonaria correspondiente.
Que, por otro lado, mediante el artículo 107, subsiguientes y concordantes del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N.º 2098/2008, se establecen las condiciones para la asignación transitoria de funciones ejecutivas o de jefatura de unidades organizativas de nivel superior mediante el mecanismo de subrogancia.
Que en el artículo 109 del precitado Decreto se establece que el personal subrogante percibirá la Asignación Básica de Nivel Escalafonario y los Adicionales por Grado y Tramo correspondientes a su situación de revista con más los suplementos correspondientes al cargo subrogado.
Que a su vez, el artículo 111 establece que las subrogancias que se dispongan en virtud del artículo 108, inciso a) no podrán superar el plazo fijado en el artículo 21, párrafo primero, del presente convenio.
Que, en ese sentido, la presente asignación se realiza ante la imperiosa necesidad de proceder a la cobertura de la precitada función, con el objeto de garantizar el eficiente y eficaz funcionamiento de la Coordinación involucrada, en cumplimiento de las funciones y planes de trabajo fijados para el mismo.
Que, por otro lado, el artículo 94 del Decreto N.º 2098/2008 establece la incompatibilidad en la percepción del Suplemento por Función Ejecutiva con la percepción de los suplementos por Función Específica, por Jefatura, por Capacitación Terciaria y por Agrupamiento.
Que la Coordinación de Presupuesto y Contabilidad dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN y la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS han tomado la intervención de su competencia.
Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO de la SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y MODERNIZACIÓN DEL EMPLEO PÚBLICO de la SECRETARÍA DE TRANSFORMACIÓN DEL ESTADO Y FUNCIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se ha expedido favorablemente.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 3° del Decreto N.º 355 del 22 de mayo de 2017, artículo 4º del Decreto N.º 157 del 14 de febrero de 2020 y las Decisiones Administrativas N.º. 379 del 19 de abril de 2021 y N.º 589 del 19 de julio del 2023.
Por ello,
LA PRESIDENTE DE LA AGENCIA NACIONAL DE PROMOCIÓN DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Asignar transitoriamente, a partir del 20 de abril del 2024 y por el término de TRES (3) años contados a partir de fecha de la presente medida, las funciones correspondientes al cargo de Coordinadora de Evaluación de Calidad y Reportes dependiente de la Dirección Nacional de Diseño y Ejecución de Instrumentos de Promoción de la AGENCIA NACIONAL DE PROMOCION DE LA INVESTIGACIÓN, EL DESARROLLO TECNOLÓGICO Y LA INNOVACIÓN, organismo descentralizado actuante en la órbita de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la licenciada Daniela Érica ALEGRIA (DNI N° 31.281.636), quien revista en el cargo de Planta Permanente Nivel A, Grado 05, Agrupamiento PROFESIONAL, Tramo INTERMEDIO, en los términos establecidos por el Título X, del CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL DEL PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nro. 2.098/2008 y sus modificatorios.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO 2°.- El gasto que demande el financiamiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la interesada, comuníquese a la Dirección de Recursos Humanos dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y cumplido, archívese.
Alicia Inés Caballero
e. 28/06/2024 N° 40923/24 v. 28/06/2024
Fecha de publicación 28/06/2024