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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

Resolución 272/2024

RESOL-2024-272-APN-INASE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 02/07/2024

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-55087786--APN-DA#INASE, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente citado en el Visto, la ASOCIACIÓN DE LABORATORIOS AGROPECUARIOS PRIVADOS (ALAP), elevó la solicitud de auspicio institucional a este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA para la realización del 2° CONGRESO ARGENTINO DE SEMILLAS, a realizarse los días 28 y 29 de noviembre del corriente año, en la Ciudad de Córdoba, Provincia de CÓRDOBA.

Que la presencia del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, a través del presente auspicio institucional tiene relevancia ya que la propuesta de la ASOCIACIÓN DE LABORATORIOS AGROPECUARIOS PRIVADOS (ALAP), de abordar temas relacionados con la calidad, producción, conservación y comercialización de semillas, abarcando diferentes especies de cultivos extensivos, hortícolas, forrajeras, forestales y nuevos desarrollos en el marco de un mercado más exigente, tiene relación directa con los objetivos fundadores de este Instituto Nacional de promover una eficiente actividad de producción y comercialización de semillas, además de asegurar a los productores agrarios la identidad y calidad de la semilla que adquieren.

Que la participación de este Instituto se da principalmente como coorganizador del Congreso, y esto contempla, además, la inclusión del logo en la promoción previa, y durante el evento. Y que a partir de ello la presencia del personal técnico en calidad de disertantes y/o asistentes es relevante para los profesionales del INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, ya que nuestros profesionales son los encargados de elaborar e implementar las resoluciones reglamentarias sobre normas de producción de semillas y de funcionamiento de laboratorios de análisis de semillas, tanto para especies de propagación por semillas botánicas como aquellas de propagación de agámica.

Que el presente auspicio no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto, en virtud de lo establecido en los artículos 8º y 9º del Decreto Nº 2.817 de fecha 30 de diciembre de 1991, ratificado por la Ley Nº 25.845, y el Decreto N° 65 de fecha 19 de enero de 2024.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Dese por otorgado el auspicio institucional de este INSTITUTO NACIONAL DE SEMILLAS, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE BIOECONOMÍA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, para la realización del 2° CONGRESO ARGENTINO DE SEMILLAS, a realizarse los días 28 y 29 de noviembre del corriente año, en la Ciudad de Córdoba, Provincia de CÓRDOBA.

ARTÍCULO 2º.- La medida dispuesta por el artículo 1º de la presente resolución no implica costo fiscal alguno para el ESTADO NACIONAL.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Claudio Dunan

e. 03/07/2024 N° 42430/24 v. 03/07/2024

Fecha de publicación 03/07/2024