MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
Resolución 317/2024
RESOL-2024-317-APN-STEYSS#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 01/07/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2023-63429467- -APN-DGD#MT y la Ley 23.551 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 23.551 y sus modificatorias regula el régimen aplicable a las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.
Que, de conformidad con el artículo 56 de la norma citada, cuando se produjere la acefalía de la comisión directiva de una asociación sindical de trabajadores o del órgano que tenga asignadas las funciones propias de un cuerpo de conducción, esta Cartera del Estado podrá designar quien corresponda, a los fines de regularizar la situación institucional.
Que la entidad SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA EDUCACIÓN Y LA MINORIDAD (S.O.E.M.E.) cuenta con Personería Gremial N° 314, no se encuentra adherida a una entidad de grado superior y carece de autoridades con mandato vigente.
Que, por otra parte, en las actuaciones caratuladas “SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE MINORIDAD Y EDUCACIÓN C/ EN –M TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL Y OTRO S/ACCIÓN DE AMPARO (Expediente 6132/2018) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 31 mediante la sentencia definitiva de fecha 18 de noviembre de 2022 se dispone “…Ordenar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, para que dentro del plazo de 40 días y en cumplimiento de la normativa invocada en el Considerando III.-proceda a la normalización del Sindicato de Obreros y Empleados de la Educación y la Minoridad S.O.E.M.E., adoptando las medidas que considere necesarias para ello…”
Que asimismo, la sentencia citada dispone “…Mantener en los términos dispuestos por el Superior la designación del interventor Dr. Julio Cesar Simón, ello hasta tanto se formalice la normalización de la referida entidad sindical por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social…”
Que la sentencia de fecha 18 de noviembre de 2022 ha sido confirmada por la SALA VII de la CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO mediante la resolución de fecha 17 de marzo de 2023.
Que el mandato del Delegado Normalizador Sr. RULLI Matías (M.I. Nº 26.010.103), otorgado por Resolución Nº RESOL-2023-868-APN-MT, de fecha 5 de julio de 2023, prorrogado por Resolución Nº RESOL-2023-1585-APN-MT, del 6 de diciembre de 2023, se encuentra vencido.
Que en tal orden corresponde la designación de un nuevo delegado normalizador a fin de regularizar la situación institucional de la entidad sindical.
Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES de esta SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL ha tomado la intervención de su competencia.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA ha tomado intervención.
Que la presente medida se funda en lo dispuesto por el inciso 4 del artículo 56 de la Ley Nº 23.551 de Asociaciones Sindicales.
Por ello,
EL SECRETARIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Desígnese como Delegada Normalizadora en la entidad SINDICATO DE OBREROS Y EMPLEADOS DE LA EDUCACIÓN Y LA MINORIDAD (S.O.E.M.E.) a la Señora BENAVIDEZ, Vanesa Analia (M.I. Nº 31.012.540), con domicilio en la Calle 16 Nº 2241, de la ciudad de MAR DEL PLATA, provincia de BUENOS AIRES.
ARTÍCULO 2°. La Delegada Normalizadora tendrá las facultades ejecutivas de los órganos de conducción de la entidad sindical, circunscriptas a la realización de aquellos actos necesarios y conducentes a su regularización institucional. En ejercicio de dichas facultades y en atención a la finalidad señalada, deberá convocar a elecciones en el plazo de CUARENTA (40) DÍAS desde su asunción en el cargo debiendo para ello presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES, un cronograma electoral en cumplimiento de lo dispuesto por la Ley N° 23.551 y su Decreto Reglamentario N° 467/88.
ARTÍCULO 3°. En orden a las facultades conferidas a esta Cartera de Estado por el artículo 56 de la Ley 23.551, el delegado que se designa en el presente acto podrá ser reemplazado en su cargo, aun cuando se encontraran vigentes los plazos establecidos para el cumplimiento de su función.
ARTÍCULO 4°. Notifíquese de la presente medida a la Señora BENAVIDEZ, Vanesa Analia en el domicilio sito en la Calle 16 Nº 2241, de la ciudad de Mar del Plata, provincia de Buenos Aires y/o al domicilio electrónico: estudiob.info@gmail.com y al Dr. SIMON, Julio César interventor designado judicialmente en la entidad, al domicilio electrónico constituido en estas actuaciones en el correo: juanignaciovillalba@hotmail.com
ARTÍCULO 5º: EL Señor RULLI, Matías (M.I. N° 26.010.103) cuyo mandato se encuentra vencido, deberá presentar ante la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES, en el plazo de 30 (TREINTA) días de notificada la presente, el informe final sobre la gestión realizada.
ARTÍCULO 6º.- Notifíquese de la presente medida al Señor RULLI, Matías en el domicilio sito en San Vicente 535, ciudad de VIEDMA, Provincia de RÍO NEGRO y/o al domicilio electrónico: matiasrulli@gmail.com.
ARTÍCULO 7°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Julio Gabriel Cordero
e. 03/07/2024 N° 42171/24 v. 03/07/2024
Fecha de publicación 03/07/2024