MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD
Disposición 5/2024
DI-2024-5-APN-SAYES#MS
Ciudad de Buenos Aires, 03/07/2024
VISTO el Expediente Electrónico EX-2023-107720893- -APN-DCYC#MS, Contrato de Préstamo BIRF N° 8853/AR “Apoyo del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva en Argentina”, el Decreto Nº 945 de fecha 17 de noviembre de 2017, el Decreto N° 1130 de fecha 12 de diciembre de 2018, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, el Decreto Nº 640 de fecha 31 de julio 2020, el Decreto Nº 174 de fecha 17 de marzo de 2021, el Decreto Nº 223 de fecha 28 de marzo de 2021 y la Decisión Administrativa N° 384 de fecha 19 de abril de 2021 y CONSIDERANDO:
Que mediante el EX-2019-42783943- -APN-DD#MSYDS tramitó la Solicitud de Propuestas AR-MSAL111535- CS-QCBS, cuyo objeto fue la contratación de “Auditoria Externa Técnica Independiente” contratada con la Asociación Cánepa, Kopec y Asociados S.R.L. –Adler, Hasenclever y Asociados SRL Unión Transitoria UTE (CUIT.: 30-71725684-7), en el marco del “Apoyo del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva en Argentina, Préstamo BIRF N° 8853-AR.
Que mediante el Decreto Nº 1130/2018 se aprobó el Modelo de Convenio de Préstamo BIRF N° 8853-AR a fin de cooperar en la ejecución del “Apoyo del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva en Argentina”, mientras que en su artículo 4 designó al entonces MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL o cualquier sucesor de éste, como “Organismo Ejecutor” quedando facultado a realizar todas las operaciones y contrataciones necesarias para la ejecución del mencionado Proyecto.
Que, con el objeto de optimizar la gestión del MINISTERIO DE SALUD, se modificó la conformación organizativa a través del Decreto Nº 223/2021, estableciéndose los objetivos de la actual SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA.
Que por Decisión Administrativa Nº 384/2021, se readecuó la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE SALUD, de conformidad con el Organigrama y las Responsabilidades Primarias y Acciones allí previstos, estableciendo las funciones, entre otras, de la DIRECCIÓN GENERAL DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO, entre las que se encuentra la de “Coordinar y desarrollar la gestión administrativa, financiera-presupuestaria, adquisiciones y monitoreo del Ministerio de programas y proyectos con financiamiento de organismos multilaterales de crédito y cooperación internacional, así como de los proyectos de participación público privada que correspondan a las áreas de incumbencia de la Jurisdicción, conforme con los objetivos de política sectorial fijados por el Gobierno Nacional”.
Que por Disposición DI-2021-16-APN-SES#MS se adjudicó el Proceso de Selección Basada en Calidad y Costo AR-MSAL-111535-CS-QCBS “Auditoría Externa Técnica Independiente” a favor de la Asociación Canepa, Kopec & Asociados S.R.L - Adler, Hasenclever & Asociados S.R.L (CUIT 30-71725684-7) por un monto total de PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS DOCE MIL CUATROCIENTROS TREINTA con 18/100 ($ 294.212.430,18) el cual se llevó a cabo conforme lo establecido en las Regulaciones de Adquisiciones para Prestatarios en Proyectos de Inversión Bienes, Obras y Servicio de No Consultoría y Servicio de Consultoría Julio 2016 (Revisada noviembre 2017 y agosto 2018) – Contrato de Préstamo BIRF 8853-AR, suscribiéndose el INLEG-2021-55020427-APN-SES#MS.
Que, en el marco del mencionado contrato, las partes acordaron por la Enmienda N°1 INLEG-2021-97643335- APN-SES#MS suscripta en el 13 de octubre de 2021 modificar la cláusula 41.2 de la Sección II, Condiciones Especiales del Contrato, en lo referente a las entregas a partir del producto seis.
Que en fecha 14 de marzo del 2023 se suscribió la ENMIENDA N°2 mediante INLEG-2023-28111808- APN-SES#MS con el objeto de extender el contrato para cubrir un periodo de auditoría por ocho bimestres adicionales, sujeto al buen desempeño de la firma.
Que en virtud de la NO-2023-105817258-APN-DNFSP#MS la Dirección Nacional de Fortalecimiento de los Sistemas Provinciales solicitó una nueva extensión por el último bimestre del año 2023, tramitándose la presente mediante EX-2023-107720893- -APN-DCYC#MS.
Que posteriormente, la mencionada Dirección realizó un nuevo requerimiento a través del IF-2024-33997310- APN-DNFSP#MS (orden 45), solicitando una nueva extensión por el periodo comprendido entre el 6to Bimestre 2023 al 4to Bimestre 2024, estimando el costo en la suma de $ 669.563.259,46 (PESOS SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 46/100 CENTAVOS, sin incluir los impuestos, actualizándose en consecuencia los periodos a auditar, los términos de referencia conjuntamente con los respectivos honorarios y gastos reembolsables.
Que la SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD mediante su PV-2024-36832996- APN-SAYES#MS (orden 50), prestó conformidad para llevar adelante la nueva extensión del contrato de Auditoría Externa Técnica Independiente del Programa SUMAR. Que en fecha 7 de Mayo del año en curso se envió la propuesta de enmienda contractual a la Asociación Cánepa, Kopec y Asociados S.R.L. –Adler, Hasenclever y Asociados SRL Unión Transitoria., quien prestó su conformidad con la Enmienda N° 3 propuesta, conforme surge de las constancias agregadas como IF-2024- 55727922-APN-DCYC#MS en orden 90.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE PROGRAMACIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIO tomó conocimiento del presente proceso, procediendo a registrar la solicitud de crédito presupuestario con fecha 26 de junio de 2024, conforme surge de su NO-2024-66923675-APN-DGPYCP#MS, indicando que deberá imputarse de la siguiente manera: Ejercicio 2024 Categoría Programática 47.0.0.41.0 IPP 3.4.4.0 FF 22 por un Importe de $ 820.011.887,51, Impuestos incluidos.
Que finalmente, por IF-2024-49257192-APN-DCYC#MS a orden 68, se confeccionó el borrador de enmienda propuesta, por el que se modifica la cláusula 38.1 de la Sección III, en lo referente al precio total del contrato, la cláusula 41.2 de la Sección III, en lo referente a la presentación de informes y al cronograma de pagos del contrato y la Sección III, en lo referente a los Términos de Referencia, de forma tal que el precio total del contrato es de PESOS CIEN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA ($ 100,368,190.00), que se ajustará de acuerdo a lo previsto en la cláusula 38.1 del Contrato. Asimismo, los Gastos Reembolsables se establecen en PESOS ARGENTINOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 26/100) ($ 29.848.874,26), de acuerdo con el cálculo realizado en el Anexo II, más los impuestos de IVA (21%) e ITF (1,2146%).
Que la SECRETARIA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD, tomó intervención de conformidad a lo establecido en el artículo 2° del Decreto N° 945/2017. Que la SECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA tomó intervención de conformidad a lo establecido en el artículo 1° del Decreto N° 945/2017.
Que el Banco Mundial, ha manifestado su NO OBJECION al proyecto de enmienda enviado, según IF-2024- 49206541-APN-DCYC#MS de orden 67.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud del Contrato de Préstamo BIRF 8853-AR, Decreto N° 945/2017, Decreto N° 50/2019, Decreto N° 174/2021, Decreto N° 223/2021 y la Resolución N° 192/24 del MINISTERIO DE SALUD (RESOL-2024-192-APN–MS).
Por ello,
EL SECRETARIO DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD EN CARACTER DE DIRECTOR NACIONAL DEL PRESTAMO BIRF 8853-AR “APOYO DEL PROYECTO DE COBERTURA UNIVERSAL DE SALUD EFECTIVA EN ARGENTINA”
DISPONE:
ARTICULO 1°. – Apruébase el procedimiento de enmienda contractual correspondiente al servicio de “Auditoría Auditoria Externa Técnica Independiente a la Asociación la Asociación Cánepa, Kopec y Asociados S.R.L. –Adler, Hasenclever y Asociados SRL Unión Transitoria (UTE) (CUIT.: 30-71725684-7), en el marco del “Apoyo del Proyecto de Cobertura Universal de Salud Efectiva en Argentina”, Préstamo BIRF N° 8853-AR bajo el proceso AR-MSAL-111535-CS-QCBS.
ARTICULO 2º.- Apruébase la Enmienda Nº 3 al contrato INLEG-2021-55020427-APN-SES#MS que comprende la extensión contractual para cubrir el periodo comprendido entre el 6to Bimestre 2023 al 4to Bimestre 2024, con la modificación de la forma de presentación de informes y del cronograma de pagos del contrato, con un precio total de conformidad con el siguiente detalle: Tarifa de remuneraciones por PESOS CIEN MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL CIENTO NOVENTA ($100.368.190,00) que se ajusta de acuerdo a lo previsto en la cláusula 38.1 del Contrato, lo que totaliza un monto de PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES SETESCIENTOS CATORCE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON VEINTE CENTAVOS ($639.714.385,20) con más los Gastos Reembolsables por PESOS ARGENTINOS VEINTINUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 26/100) ($ 29.848.874,26), los que se mantendrán fijos durante la vigencia de la presente enmienda, más los impuestos correspondientes a IVA (21%) e ITF (1.2146%).
ARTÍCULO 3°. - Apruébase el Borrador de la Enmienda N° 3 IF-2024-49257192-APN-DCYC#MS, que como Anexo forma parte integrante de la presente medida.
ARTÍCULO 4°. – Impútese el presente gasto, de la siguiente manera: Ejercicio 2024 Categoría Programática 47.0.0.41.0 IPP 3.4.4.0 FF 22 Importe $ 820.011887,52.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Pablo Enrique Bertoldi Hepburn
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 05/07/2024 N° 43164/24 v. 05/07/2024
Fecha de publicación 05/07/2024