Edición del
10 de Febrero de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL

Disposición 277/2024

DI-2024-277-APN-SSDCYLC#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 08/07/2024

VISTO el Expediente N° EX-2022-71160367- -APN-DGD#MDP, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 394 de fecha 5 de julio de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 227 de fecha 14 de marzo de 2023 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria, y la Disposición N° 430 de fecha 11 de junio de 2019 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución N° 394 de fecha 5 de julio de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, se creó la figura del “Defensor del Cliente” como una herramienta de corregulación, entre el sector público-privado, cuya adhesión resulta ser voluntaria para los proveedores.

Que el Defensor del Cliente tiene por finalidad que los proveedores atiendan, y en su caso, resuelvan las quejas y/o reclamos de los consumidores, reconocidos por la Ley N° 24.240 y sus modificatorias, y normas complementarias, en forma simple y expeditiva.

Que por la Disposición N° 430 de fecha 11 de junio de 2019 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO se dispuso la adhesión de la firma GARBARINO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL E INMOBILIARIA, C.U.I.T. N° 30-54008821-3 a la figura del “Defensor del Cliente” y se homologó el Reglamento de Funcionamiento y de Procedimiento para la tramitación de los reclamos de los consumidores de dicha firma y la designación de la Doctora María Alejandra ORTEGA (M.I. N° 20.185.622) para desempeñar la función de “Defensor del Cliente” de la empresa referida.

Que, con fecha 12 de julio de 2022, la Doctora Mariana CASARES (M.I. N° 24.963.398), realizó una presentación, la cual se encuentra en el orden N° 2 del expediente citado en el Visto, a fin de comunicar la decisión de la firma GARBARINO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL E INMOBILIARIA de renunciar a la adhesión a la figura de marras.

Que la SUBSECRETARÍA DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA entiende pertinente el dictado de la presente medida, en virtud de que existe voluntad expresa a renunciar a la adhesión de la figura de marras por parte de la empresa proveedora de bienes y servicios, de conformidad con el carácter voluntario establecido en la normativa referida.

Que ha tomado intervención el servicio jurídico competente.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, y las Resoluciones Nros. 394/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO y 227 de fecha 14 de marzo de 2023 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA y su modificatoria.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y LEALTAD COMERCIAL

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Tiénese presente la renuncia a la figura del Defensor del Cliente efectuada por la firma GARBARINO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL E INMOBILIARIA, C.U.I.T. N° 30-54008821-3, a partir del día 12 de julio de 2022.

ARTÍCULO 2°.- Revócase la homologación de la designación de la Doctora María Alejandra ORTEGA (M.I. N° 20.185.622) en la función de “Defensor del Cliente” de la citada empresa GARBARINO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL E INMOBILIARIA., otorgada mediante la Disposición N° 430 de fecha 11 de junio de 2019 de la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y dispónese la inhabilitación para desempeñar la función de “Defensor del Cliente” de la firma referida.

ARTÍCULO 3º.- Revócase la homologación del Reglamento de Funcionamiento y de Procedimiento para la tramitación de los reclamos de los consumidores de la empresa GARBARINO SOCIEDAD ANÓNIMA, INDUSTRIAL, COMERCIAL E INMOBILIARIA y dispónese la inhabilitación de la firma referida para la continuidad en el Sistema de “Defensor del Cliente”.

ARTÍCULO 4°.- La presente medida comenzará a regir a partir del día 12 de julio de 2022.

ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Fernando Martin Blanco Muiño

e. 11/07/2024 N° 44554/24 v. 11/07/2024

Fecha de publicación 11/07/2024