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Legislación y Avisos Oficiales
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SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD

Resolución 1238/2024

RESOL-2024-1238-APN-SSS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 12/07/2024

VISTO el expediente N° EX-2023-114559734-APN-GG#SSS, las Resoluciones Nº 149 de fecha 27 de abril de 2020 y Nº 243 de fecha 8 de julio de 2020 del Registro de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, y

CONSIDERANDO:

Que por el expediente del VISTO, la OBRA SOCIAL DE DIRECCIÓN OSDO (R.N.A.S. Nº 4-0270-7) solicita se registren las reformas introducidas a las disposiciones de los artículos 2° y 44 del Estatuto vigente.

Que a tal efecto acompaña copia certificada del Acta Nº 362, por la cual el Consejo Directivo en reunión ordinaria decide trasladar la sede administrativa de la Obra Social de Dirección OSDO, al domicilio sito en Avenida Luis María Campos Nº 46, piso 8º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que mediante copia certificada del Acta Nº 363 se deja constancia de la reforma de los artículos 2° y 44 del Estatuto de la entidad.

Que a tal efecto, acompaña copia autenticada del Acta Nº 368 – de fecha 31 de enero de 2019-, por la cual se instrumenta la convocatoria a Asamblea Extraordinaria a efectos de poner a consideración de la misma el citado cuerpo normativo.

Que se incorpora copia autenticada del Acta de Asamblea Nº 21, por la cual los beneficiarios de la Obra Social en reunión extraordinaria deciden y aprueban las reformas introducidas al Estatuto de la entidad.

Que la entidad presentante incorpora copias de las Resoluciones Nº 149 y Nº 243 -de fechas 27 de abril de 2020 y 08 de julio de 2020, respectivamente, de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA – I.G.J.-, por las cuales se aprueban y registran las reformas introducidas al Estatuto de la Obra Social, ante ese Órgano de Control.

Que la modificación introducida al artículo 2º, en la cual se especifica que el domicilio de la entidad se encuentra sito en la Avenida Luis Maria Campos 46, piso 8º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, no resulta objetable.

Que la reforma introducida al artículo 44 del Estatuto de la Obra Social, no merece objeciones por cuanto dicho agregado, se interpreta como del giro propio de la Obra Social esto es que, hace al funcionamiento interno del Agente del Seguro de Salud.

Que mediante documento Nº IF-2024-04436756-APN-SG#SSS se incorpora un ejemplar del Estatuto, el cual recepta las reformas introducidas, con firma en cada una de sus fojas del Sr. Miguel A. RESTUCCI (DNI:7.598.485); en su carácter de Presidente de la Obra Social.

Que las modificaciones introducidas se ajustan a la normativa de aplicación en la materia y el procedimiento llevado a cabo para dar curso a la reforma pretendida se corresponde con las disposiciones estatutarias en vigencia.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención de su competencia sin formular observaciones a lo solicitado.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 83 de fecha 24 de enero de 2024.

Por ello,

EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Regístrase la reforma introducida al Estatuto de la OBRA SOCIAL DE DIRECCIÓN OSDO (R.N.A.S. Nº 4-0270-7); aprobado mediante Resoluciones Nº 149 y Nº 243 de la INSPECCIÓN GENERAL DE JUSTICIA, cuyo texto ordenado obra incorporado mediante documento Nº IF-2024-04436756-APN-SG#SSS.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, notifíquese y publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para constancia en el legajo del Agente del Seguro de Salud y, oportunamente archívese.

Gabriel Gonzalo Oriolo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/07/2024 N° 45963/24 v. 16/07/2024

Fecha de publicación 16/07/2024