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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO

Decreto 648/2024

DECTO-2024-648-APN-PTE - Promociones.

Ciudad de Buenos Aires, 18/07/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-70492271-APN-DSGA#SLYT, lo propuesto por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, los Acuerdos prestados por el H. SENADO DE LA NACIÓN en su sesión de fecha 4 de julio de 2024 y lo dispuesto por el artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promuévese en el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO a la Categoría “B” Ministro Plenipotenciario de Primera Clase a los siguientes funcionarios de la Categoría “C” Ministro Plenipotenciario de Segunda Clase:

1. CASTILLO, Luis Ariel (D.N.I. N° 14.021.254)

2. ROVELLI, Andrea Rita (D.N.I. N° 17.968.553)

3. ARRIETA, María de los Ángeles (D.N.I. N° 22.456.543)

4. RODRÍGUEZ BRIZUELA, Pablo José (D.N.I. N° 22.775.091)

5. CESA, Marcelo Carlos (D.N.I. N° 16.085.846)

6. REBOK, Nicolás Sergio (D.N.I. N° 22.278.585)

7. AILAN, Raúl Santiago (D.N.I. N° 26.083.806)

8. REPETTI, Andrea Silvina (D.N.I. N° 14.996.534)

9. VIRASORO, Pablo Exequiel (D.N.I. N° 18.753.086)

10. ALMIRANTEARENA, Eduardo Adrián (D.N.I. N° 22.410.852)

11. OBREGON, Pablo Agustín (D.N.I. N° 24.496.515)

12. PEPA, Daniel Jorge (D.N.I. N° 12.825.959)

13. BERETERVIDE, Juan José (D.N.I. N° 24.365.344)

14. CARPINTIERI, Victorio Tomás (D.N.I. N° 23.903.030)

15. CRESPO, María Constanza (D.N.I. N° 21.484.021)

16. SAINO, Ana Cristina (D.N.I. N° 23.954.235)

17. BUSTAMANTE, Eduardo Miguel (D.N.I. N° 27.183.687)

18. FUHR, Eduardo Luis (D.N.I. N° 22.800.261)

19. WINKLER, María Sandra (D.N.I. N° 21.692.456)

20. HOTTON, Cynthia Liliana (D.N.I. N° 20.694.217)

21. ALBERO, Luis Hernán (D.N.I. N° 25.315.145)

22. AOUAD, Fabián Enrique (D.N.I. N° 16.941.071).

ARTÍCULO 2º.- Las promociones dispuestas en el orden establecido en el artículo precedente deben considerarse a los efectos de la antigüedad a partir del 1º de enero de 2023 y a todos los demás efectos, a partir del 1º de enero de 2024.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Diana Mondino

e. 19/07/2024 N° 47151/24 v. 19/07/2024

Fecha de publicación 19/07/2024