MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 186/2024
RESOL-2024-186-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2020-70452730-APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2020-88219862-APN-SE#MEC, EX-2022-101322260-APN-SE#MEC, EX-2022-115872072-APN-SE#MEC, EX-2022-116499189-APN-SE#MEC, EX-2022-139772229-APN-SE#MEC, EX-2023-1551032-APN-SE#MEC, EX-2023-54987560-APN-SE#MEC, EX-2023-87535224-APN-SE#MEC, EX-2024-10154158-APN-SE#MEC, EX-2024-37452613-APN-SE#MEC, EX-2024-45089944-APN-SE#MEC y EX-2024-63077696-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065 y la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para su Parque Solar Pampa del Infierno con una potencia de CIENTO TREINTA MEGAVATIOS (130 MW), ubicado en el Departamento Almirante Brown, Provincia del CHACO, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 Kv) de la Estación Transformadora Pampa del Infierno, jurisdicción de la empresa SERVICIOS ENERGÉTICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP).
Que mediante las Notas Nros. B-164447-1 de fecha 3 de enero de 2023, (IF-2023-01551270-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2023-01551032-APN- SE#MEC y B-171860-1 de fecha 10 de abril de 2024 (IF-2024-37223417-APN-SE#MEC), la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U. cumple para su Parque Solar Pampa del Infierno los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, para su ingreso y administración en el MEM.
Que mediante las Disposiciones Nros. 478 de fecha 28 de julio de 2023 (IF-2023-87536149-APN-SE#MEC) y 215 de fecha 14 de julio de 2024 (IF-2024-63078764-APN-SE#MEC), obrantes en los Expedientes Nros. EX-2023-87535224-APN-SE#MEC y EX-2024-63077696-APN-SE#MEC, respectivamente, la Subsecretaría de Ambiente de la Provincia del CHACO dispuso aprobar el Estudio de Impacto Ambiental del Parque Solar Pampa del Infierno.
Que la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.448 del 26 de junio de 2024 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065, el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U. para su Parque Solar Pampa del Infierno con una potencia de CIENTO TREINTA MEGAVATIOS (130 MW), ubicado en el Departamento Almirante Brown, Provincia del CHACO, conectándose al Sistema Argentino de Interconexión (SADI) en el nivel de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 Kv) de la Estación Transformadora Pampa del Infierno, jurisdicción de la empresa SERVICIOS ENERGÉTICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP).
ARTÍCULO 2°.- Instrúyese a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U., titular del Parque Solar Pampa del Infierno en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U., a CAMMESA, a SECHEEP y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eduardo Javier Rodriguez Chirillo
e. 25/07/2024 N° 48052/24 v. 25/07/2024
Fecha de publicación 25/07/2024