SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD
Resolución 1440/2024
RESOL-2024-1440-APN-SSS#MS
Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2023-36995719-APN-GG#SSS del Registro de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, las Leyes Nº 23.660 y Nº 23.661; la Resolución Nº 481, de fecha 15 de agosto de 1990 del INSTITUTO NACIONAL DE OBRAS SOCIALES; la Resolución Nº 1430, de fecha 15 de diciembre de 2010 de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente del VISTO, tramita la presentación efectuada por la OBRA SOCIAL DE VIAJANTES VENDEDORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (R.N.A.S. 1-2210-4), a través de la cual solicita se aprueben las modificaciones introducidas a las disposiciones del Estatuto de la entidad, registrando consecuentemente el ejemplar reformado al efecto.
Que, en este orden, el Agente del Seguro de Salud manifiesta que el objetivo primordial de las modificaciones incorporadas en su Estatuto radica en mejorar el desenvolvimiento administrativo y financiero de la Obra Social.
Que la incorporación de los inc. h), i) y j) introducidos en el artículo 6º - el cual establece los recursos con los que cuenta la Obra Social - no merece objeciones ya que no se contraponen con la normativa de aplicación.
Que la modificación llevada a cabo en el artículo 19º, por la cual se extiende a ciento veinte días el plazo para confeccionar y presentar la Memoria y Balance General, resulta viable ya que se encuentra dentro del período establecido por el artículo 2 de la Resolución Nº 1430/2010 de esta Superintendencia de Servicios de Salud.
Que, al efecto, la entidad adjunta copia autenticada del Acta Nº 323 del Consejo de Administración de la Obra Social, por la cual se aprueba –por unanimidad y conforme las previsiones del articulo 27 del Estatuto vigente- las modificaciones introducidas en el citado cuerpo legal.
Que a orden 12, identificado mediante IF-2024-42365876-APN-GG#SSS se incorpora un ejemplar de Estatuto ordenado suscripto en cada una de sus fojas por el Sr. Luis C. Cejas (D.N.I. Nº 4.274.705), en su carácter de Presidente del Agente del Seguro.
Que las reformas propiciadas se encuentran en consonancia con las pautas contenidas en el Estatuto tipo para Obras Sociales de naturaleza sindical establecidas en la Resolución N° 481/1990-INOS y el artículo 12 de la Ley Nº 23.660.
Que de acuerdo a la documentación acompañada y la normativa de aplicación, el procedimiento llevado a cabo para proceder a la reforma pretendida se corresponde con las disposiciones estatutarias en vigencia.
Que la Gerencia de Asuntos ha tomado la intervención de competencia, sin formular observaciones a lo solicitado.
Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1615 de fecha 23 de diciembre de 1996, Decreto N° 2710/12 y Nº 83 de fecha 24 de enero de 2024.
Por ello,
EL SUPERINTENDENTE DE SERVICIOS DE SALUD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Apruébanse las reformas introducidas al Estatuto de la OBRA SOCIAL DE VIAJANTES VENDEDORES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (R.N.A.S. 1-2210-4), registrándose el texto ordenado del ejemplar incorporado mediante IF-2024-42365876-APN-GG#SSS de orden 12 del Expediente del VISTO, con fundamento y los alcances expuestos en los Considerandos de la presente.
ARTÍCULO 2° - Regístrese, comuníquese, notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, pase a la Coordinación de Registros de Obras Sociales y Entidades de Medicina Prepaga para la intervención de su competencia y, oportunamente archívese
Gabriel Gonzalo Oriolo
e. 26/07/2024 N° 48349/24 v. 26/07/2024
Fecha de publicación 26/07/2024