ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
Disposición 6688/2024
DI-2024-6688-APN-ANMAT#MS
Ciudad de Buenos Aires, 23/07/2024
VISTO el Expediente N° EX-2023-81203145- -APN-DRRHH#ANMAT, las Leyes Nros. 27.701 y 24.156, los Decretos Nros. 1133 del 25 de agosto de 2009, 1035 del 8 de noviembre de 2018 y sus modificatorios, 426 del 21 de julio de 2022, 77 del 22 de diciembre de 2023, 88 del 26 de diciembre de 2023, 284 del 27 de marzo de 2024 y 551 del 28 de junio de 2024, las Decisiones Administrativas Nros. DA-761- APN-JGM del 6 de septiembre de 2019 y DA-2023-250-APN-JGM del 30 de marzo de 2023, DI-2023- 9730-APN- ANMAT#MS del 14 de noviembre de 2023 y,
CONSIDERANDO:
Que por el decreto N° 88/2023 se estableció que las disposiciones de la Ley Nº 27.701 del Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2023 regirán a partir 1° de enero de 2024, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional.
Que por la Decisión Administrativa N° 761/19 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
Que por la Decisión Administrativa N° DA-2022-250-APN-JGM se efectuó la designación, con carácter transitorio, en el cargo de Directora del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), a la abogada Gabriela Carmen MANTECON FUMADO (DNI Nº 21.671.675).
Que a través del Decreto N° 1035/2018 se autorizó a las autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o sus últimas prórrogas.
Que por razones de índole operativa no se ha podido tramitar el proceso de selección para la cobertura del cargo en cuestión, por lo que procede la prórroga de la designación transitoria de la abogada Gabriela Carmen MANTECON FUMADO (DNI Nº 21.671.675), en el cargo de Directora del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT).
Que la presente medida tiene por objeto asegurar el cumplimiento de los objetivos asignados a este Organismo.
Que el cargo aludido cuenta con el financiamiento correspondiente.
Que la Dirección de Recursos Humanos, la Dirección General de Administración y la Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención que les compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de lo establecido por el Decreto N° 1490 del 20 de agosto de 1992 y sus modificatorios y el Decreto Nº 1035 del 8 de noviembre de 2018y sus modificatorios.
Por ello,
LA ADMINISTRADORA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Dase por prorrogada por el término de ciento ochenta (180) días hábiles contados a partir del 28 de mayo de 2024, la designación transitoria de la doctora Gabriela Carmen MANTECON FUMADO (DNI Nº 21.671.675), en el cargo de Directora del INSTITUTO NACIONAL DE MEDICAMENTOS DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD, con la categoría Profesional Superior, Nivel Inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud, homologado por el Decreto N° 1133/09, en las mismas condiciones que la designación efectuada por la Decisión Administrativa N° DA-2023-250-APN-JGM y su prorroga dispuesta por DI-2023- 9730-APN- ANMAT#MS del 14 de noviembre de 2023.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1º de la presente disposición deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes, según lo establecido, respectivamente, en el artículo 26, Título II, Capítulo II y en el artículo 37, Título III, Capítulo I y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto Nº 1133/09, a partir del 28 de mayo de 2024.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente Ejercicio, correspondiente a la Jurisdicción 80 - MINISTERIO DE SALUD - ENTIDAD 904 - ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA – ANMAT -.
ARTÍCULO 4° - Comuníquese a la Subsecretaría de Desarrollo y Modernización del Empleo Público de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dentro de los CINCO (5) días de dictada la presente medida, de acuerdo a lo previsto por el artículo 3° del Decreto N° 1035/2018.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese
Nelida Agustina Bisio
e. 26/07/2024 N° 48275/24 v. 26/07/2024
Fecha de publicación 26/07/2024