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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO - SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución 450/2024

RESOL-2024-450-APN-STEYSS#MCH

Ciudad de Buenos Aires, 01/08/2024

VISTO el Expediente Nº EX-2024-01188247- -APN-DGD#MT, las Leyes Nros. 23.551, 25.674, 26.390 y sus modificatorias, los Decretos N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003, DNU-2023-8-APN-PTE de fecha 10 de diciembre de 2023, Resolución Nº RESOL-2024-204-APN-MCH del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO de fecha 15 de mayo de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 23.551 y sus modificatorias se estableció el régimen aplicable para las asociaciones que tengan por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores.

Que la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUÍMICA DE ZONA SUR (A.T.I.Q. SUR), que en adelante pasará a denominarse ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUÍMICA Y PETROQUÍMICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (A.T.I.Q. Y P. BS. AS.), con domicilio en Avenida San Martín N° 2815 de la Localidad de Florencio Varela, Partido homónimo, Provincia de BUENOS AIRES, solicita la aprobación de las modificaciones realizadas a su Estatuto Social, respecto a los Artículos 1; 2; 3; 4; 6; 15; 31; 35; 41; 42; 43; 44; 45; 57; 58; 72; 73, siguientes y concordantes, conforme la Ley N° 23.551 y sus modificatorias, y a su Decreto Reglamentario N° 467/1988.

Que la mencionada asociación sindical obtuvo Inscripción Gremial, la que fue otorgada mediante Resolución N° RESOL-2023-649-APN-MT de fecha 31 de mayo de 2023, del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, se halla registrada bajo el N° 3178.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha efectuado el control de legalidad que sobre el estatuto dispone el Artículo 7 del Decreto N° 467/1988, considerando que la modificación estatutaria efectuada por la entidad solicitante se ha realizado conforme a las disposiciones de la Ley N° 23.551 y sus modificatorias y del citado Decreto, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables, sobre normas estatutarias, en cuanto pudieren oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514/ 2003.

Que la entidad mantendrá el ámbito de actuación personal y territorial, conforme fuera aprobado oportunamente por esta Autoridad de Aplicación.

Que la SUBSECRETARÍA DE RELACIONES DEL TRABAJO de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de competencia.

Que el servicio jurídico permanente de la SECRETARÍA DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, Resolución Nº RESOL-2024-204-APN-MCH, Ley N° 23.551 y Decreto 467/1988.

Por ello,

EL SECRETARIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Apruébanse las modificaciones realizadas al texto del Estatuto Social de la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUÍMICA DE ZONA SUR (A.T.I.Q. SUR), que en adelante pasará a denominarse ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DE LA INDUSTRIA QUÍMICA Y PETROQUÍMICA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES (A.T.I.Q. Y P. BS. AS.), con domicilio en Avenida San Martín N° 2815 de la Localidad de Florencio Varela, Partido homónimo, Provincia de BUENOS AIRES, respecto a los Artículos 1; 2; 3; 4; 6; 15; 31; 35; 41; 42; 43; 44; 45; 57; 58; 72; 73, siguientes y concordantes, que como ANEXO Nº RE-2024-45704116-APN-DTD#JGM forma parte integrante del presente acto administrativo, de conformidad con las disposiciones de la Ley N° 23.551 y Decreto Reglamentario N° 467/1988. Los mencionados Artículos pasarán a formar parte del texto del estatuto que fuera aprobado por Resolución N° RESOL-2023-649-APN-MT de fecha 31 de mayo de 2023 del entonces MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL.

ARTÍCULO 2º.- Déjase expresa constancia que la presente aprobación tiene carácter meramente estatutario y no podrá ser invocada por la asociación sindical peticionaria como una ampliación de su representatividad vigente en los términos y con los alcances previstos en la Ley N º 23.551.

ARTÍCULO 3º.- Regístrese en la DIRECCIÓN NACIONAL DE ASOCIACIONES SINDICALES.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Julio Gabriel Cordero

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 05/08/2024 N° 50647/24 v. 05/08/2024

Fecha de publicación 05/08/2024