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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 523/2024

Resolución RESOL-2024-523-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1951

Expediente EX-2022-101215536-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 2 de AGOSTO de 2024

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad el pedido de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente requerido por la empresa MSU GREEN ENERGY SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (MSU GREEN ENERGY S.A.U.), para el ingreso del Parque Solar Fotovoltaico Pampa del Infierno de 130 MW de potencia a vincularse en el nivel de 132 kV de la Estación Transformadora (ET) Pampa del Infierno, jurisdicción de la empresa SERVICIOS ENERGÉTICOS DEL CHACO EMPRESAS DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP), Provincia del CHACO. 2.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, en ambos portales web. Así también, se otorga un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente al de la última publicación efectuada, para que, quien lo considere procedente, presente por escrito, ante el ENRE un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 3.- Establecer que, en caso de que se plantee una oposición fundada y/o que sea común a otros usuarios o la presentación de proyecto alternativo al del solicitante, se convocará a Audiencia Pública a fin de recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 2 del presente acto, sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el acceso referido en el artículo 1, y se procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Accesos a la Capacidad de Transporte Existente de la página de Internet del ENRE y se informará a las partes. 5.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y SECHEEP. 6.- Notifíquese a SECHEEP, a MSU GREEN ENERGY S.A.U. y a CAMMESA. 7.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaria del Directorio.

e. 06/08/2024 N° 50864/24 v. 06/08/2024

Fecha de publicación 06/08/2024