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6 de Septiembre de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN”

Disposición 858/2024

DI-2024-858-APN-ANLIS#MS

Ciudad de Buenos Aires, 31/07/2024

VISTO el EX-2018-55850307-APN-DACMYSG#ANLIS, los Decretos Nº 1628 del 23 del diciembre de 1996, Nº 1133 del 25 de agosto de 2009, Nº 1686 del 23 de octubre de 2013, Nº 2602 del 30 de diciembre de 2014, Nº 1035 del 08 de noviembre de 2018, la Decisión Administrativa Nº 599 del 13 de junio de 2016 y las Disposiciones ANLIS Nº 586/17, Nº 203/18, Nº 623/19, Nº 885/19, Nº 143/20, Nº 390/20, Nº 1090/20 y Nº 932/21, Nº 556/22, N° 244/23, N°1567/23 y;

CONSIDERANDO

Que por Decreto Nº 1686/13 se designó transitoriamente por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 23 de octubre de 2013, en la Función de Jefe del SERVICIO MICOSIS SUPERFICIALES al Licenciado D. Nicolás REFOJO (DNI Nº 25.478.909), en la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, y en la Función de Jefe del SERVICIO MICROSCOPÍA ELECTRÓNICA al Bioquímico D. Adrián Pablo LEWIS (DNI Nº 18.321.434), en la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, ambos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 1133/09, en el INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS dependiente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), Organismo que actúa en la órbita del MINISTERIO DE SALUD de la NACION, autorizándose el pago del Suplemento por Función de Jefatura de Servicio Profesional de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado precedentemente.

Que dichas designaciones transitorias preveían asimismo que los cargos involucrados debían ser cubiertos conforme con los sistemas de selección vigentes y requisitos previstos respectivamente en el Título III, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud homologado por el Decreto Nº 1133 de fecha 25 de agosto de 2009, en el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la firma del Decreto nombrado en el primer considerando.

Que las actividades emprendidas por el Bioquímico Adrián Pablo LEWIS y el Licenciado Nicolás REFOJO se encuentran en pleno y constante desarrollo, advirtiéndose los avances que en tal sentido se han verificado también, durante las prórrogas decididas por conducto de los últimos actos administrativos citados en el Visto.

Que el procedimiento de selección correspondiente no se ha instrumentado hasta el presente y no resulta factible concretarlo en lo inmediato, motivo por el cual, teniendo en cuenta la naturaleza de los cargos involucrados y a efectos de contribuir al normal cumplimiento de las acciones que tienen asignadas los servicios mencionados precedentemente, resulta oportuno y conveniente disponer una nueva prórroga de las designaciones transitorias de los funcionarios mencionados.

Que los profesionales citados se encuentran actualmente desempeñando los cargos referidos y se encuentra acreditada en autos la certificación de servicios correspondientes.

Que la presente medida no implica un exceso en los créditos asignados, ni constituye asignación de recurso extraordinario alguno, habiéndose acreditado la disponibilidad presupuestaria correspondiente con cargo al presupuesto del organismo proponente.

Que al vencerse al plazo del Decreto Nº 328 del 31 de marzo de 2020, permanece la vigencia del artículo 3º del Decreto Nº 1035 del 8 de noviembre de 2018, que faculta a las autoridades máximas de las jurisdicciones y organismos descentralizados a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones o de sus últimas prórrogas.

Que el servicio de Asesoramiento Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los Decretos Nº 1628 de fecha 23 de diciembre de 1996 y Nº 336 de fecha 4 de abril de 2020.

Por ello:

EL TITULAR DE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN”

DISPONE

ARTÍCULO 1º - Prorróganse a partir del 11 de septiembre de 2024 y por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, las designaciones transitorias dispuestas por Decreto Nº 1686/13, prorrogadas por la Decisión Administrativa Nº 599/16 y las Disposiciones ANLIS Nº 586/17, Nº 203/18, Nº 623/19, Nº 885/19, Nº 143/20, Nº 390/20, Nº 1090/20 y Nº 932/21, Nº 556/22, N° 244/23 y N°1567/23, en la Función de Jefe del SERVICIO MICOSIS SUPERFICIALES al Licenciado Nicolás REFOJO (DNI Nº 25.478.909) con la Categoría PROFESIONAL ADJUNTO Grado 3, y en la Función de Jefe del SERVICIO MICROSCOPÍA ELECTRÓNICA al Bioquímico Adrián Pablo LEWIS (DNI Nº 18.321.434), con Categoría PROFESIONAL ADJUNTO, Grado 3, ambos del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 1133/09, en el INSTITUTO NACIONAL DE ENFERMEDADES INFECCIOSAS AGUDAS dependiente de esta ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRÁN” (ANLIS), autorizándose el pago del Suplemento por Función de Jefatura de Servicio Profesional de Nivel I del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial citado precedentemente.

ARTÍCULO 2°.- Las funciones involucradas deberán ser cubiertas conforme con los requisitos y sistemas de selección vigentes previstos en el Título III, Capítulo II, artículos 38 y 39 y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el decreto Nº 1133/09, dentro del mismo plazo estipulado en el artículo 1º del presente acto administrativo.

ARTÍCULO 3°- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 80 –MINISTERIO DE SALUD- Entidad 906- ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LABORATORIOS E INSTITUTOS DE SALUD “DR. CARLOS G. MALBRAN” (ANLIS).

ARTÍCULO 4º- Notifíquese a los interesados, en la forma prevista por los artículos 40, 41 y 43 del Reglamento de Procedimiento Administrativo aprobado por el Decreto Nº 1759/72 (T.O. 2017), haciéndole saber que la presente agota la vía administrativa y que cuentan con el plazo de treinta (30) días desde su notificación para interponer recurso de reconsideración o recurso de alzada o acción judicial dentro del plazo de ciento ochenta (180) días, conforme lo previsto por el artículo 23 inciso d) y 25 inciso a) de la Ley de Procedimiento Administrativo Nº 19.549 modificada por Ley Nº 27.742; comuníquese a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública del MINISTERIO DE DESREGULACION Y TRANSFORMACION DEL ESTADO, dentro de los CINCO (5) días de dictado del presente, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-

Pascual Fidelio

e. 08/08/2024 N° 51736/24 v. 08/08/2024

Fecha de publicación 08/08/2024