HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”
Resolución 372/2024
RESOL-2024-372-APN-HNRESMYA#MS
Ciudad de Buenos Aires, 21/08/2024
VISTO el Expediente EX-2023-102009347-APN-DACYS#HNRESMYA, las Leyes N.º 20.332, N.º 27.267, N.º 27.701, los Decretos N.° 1133 del 25 de agosto de 2009, sus modificatorios y complementarios, N.° 1035 del 08 de noviembre de 2018, N.º 88 del 26 de diciembre de 2023, N.º 510 del 06 de junio de 2024, N.° 594 del 05 de julio de 2024 y las Decisiones Administrativas N.° 213 del 25 de marzo de 2019 y modificatorias, N.° 881 del 09 de noviembre de 2023, N.° 470 del 05 de junio de 2024, y
CONSIDERANDO:
Que por la Decisión Administrativa N.° 213/19 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”, organismo descentralizado actuante en el ámbito de la Ex-SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN DE SERVICIOS E INSTITUTOS, dependiente de la entonces SECRETARÍA DE GOBIERNO DE SALUD del Ex-MINISTERIO DE SALUD Y DESARROLLO SOCIAL, modificada en último término por la Resolución del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE” N.° 57/21.
Que oportunamente por Decisión Administrativa N.° 881/2023, se designó transitoriamente a RIVAS, Luciana Daniela (D.N.I. N.° 30.735.903) en el cargo de Jefa de la Sección de Residencia Interdisciplinaria en Salud Mental del DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN E INVESTIGACIÓN del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”, Categoría Profesional Adjunto, Grado Inicial del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del Ministerio de Salud, homologado por el Decreto N.° 1133/09.
Que asimismo en dicho acto se autorizó el correspondiente pago del Suplemento por Función Jefatura Profesional Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
Que por el Decreto N.° 1035/2018 se autorizó a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.
Que al presente y por razones operativas no se ha podido proceder a la cobertura del cargo, de conformidad a la normativa vigente. Por ello, a fin de asegurar el normal desenvolvimiento de las acciones asignadas a este HOSPITAL, y en atención al Decreto antes mencionado, resulta indispensable prorrogar la designación transitoria de RIVAS, Luciana Daniela, en el cargo Jefa de la Sección de Residencia Interdisciplinaria en Salud Mental del DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN E INVESTIGACIÓN.
Que, en ese sentido, la División de Personal y Despacho de este Organismo tomó la intervención de su competencia, de lo que se da cuenta los documentos N.° NO-2024-86295669-APN-DACYS#HNRESMYA y N° IF-2024-86763498-APN-DACYS#HNRESMYA.
Que la designación en el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario.
Que el Servicio Jurídico Permanente de este organismo tomó intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por la Ley N.° 20.332 (modificada por la Ley N.° 27.267) y el Decreto N.º 510/2024.
Por ello,
EL DIRECTOR DEL HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LIC. LAURA BONAPARTE”
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. - Dar por prorrogada la designación con carácter transitorio, a partir del 09 de agosto de 2024 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles administrativos contados a partir del dictado de la presente medida, a RIVAS, Luciana Daniela (D.N.I. N.° 30.735.903) en el cargo de Jefa de la Sección de Residencia Interdisciplinaria en Salud Mental del DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN, CAPACITACIÓN E INVESTIGACIÓN del HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LICENCIADA LAURA BONAPARTE”, organismo descentralizado actuante en la órbita de la SUBSECRETARÍA DE INSTITUTOS Y FISCALIZACIÓN, dependiente de la SECRETARÍA DE CALIDAD EN SALUD del MINISTERIO DE SALUD, Categoría Profesional Adjunto, Grado Inicial, del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N.°1133/09.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Jefatura Profesional, Nivel II del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en el artículo 1° de la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido en los artículos 22 y 39 del Título III, Capítulo II y Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal Profesional de los Establecimientos Hospitalarios y Asistenciales e Institutos de Investigación y Producción, dependientes del MINISTERIO DE SALUD, homologado por el Decreto N.° 1133/09, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles administrativos contados a partir del dictado de la presente medida.
ARTÍCULO 3°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 80 – MINISTERIO DE SALUD, Entidad 902 – HOSPITAL NACIONAL EN RED ESPECIALIZADO EN SALUD MENTAL Y ADICCIONES “LIC. LAURA BONAPARTE”.
ARTÍCULO 4°. - Comuníquese a la Subsecretaria de Desarrollo y Modernización del Empleo Público de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública de la Jefatura de Gabinete de Ministros, dentro del plazo CINCO (5) días contados a partir del dictado de la presente medida, de acuerdo con lo previsto en el Artículo N.° 3 del Decreto N.° 1035/2018.
ARTÍCULO 5°. - Comunicar, publicar, dar a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archivar.
Christian Francisco Baldino
e. 26/08/2024 N° 56802/24 v. 26/08/2024
Fecha de publicación 26/08/2024