Edición del
19 de Febrero de 1980

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución Sintetizada 30/2024

El Vicepresidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS) ha dictado en el expediente electrónico EX-2023-00019953- -ERAS-SEJ#ERAS la Resolución ERAS Nº 30 de fecha 21/8/24 (RESFC-2024-30-E-ERAS-SEJ#ERAS) por la cual se aprueba una redeterminación de precios, transcribiéndose a continuación los artículos:

“ARTÍCULO 1º: Apruébase la redeterminación de precios solicitada por la firma ESTUDIO ECOLÓGICO INDUSTRIAL S.R.L., respecto de la licitación pública para la prestación de los servicios de un laboratorio de análisis para efectuar extracción, traslado y análisis de muestras de agua y de efluentes de la red cloacal y de Plantas Depuradoras en el área regulada del servicio prestado por AGUA Y SANEAMIENTOS ARGENTINOS S.A. (AySA), adjudicada mediante el dictado de la Resolución ERAS N° 6/24, conforme lo establecido en el “Procedimiento de Redeterminación de Precios” del ERAS, aprobado por la Resolución ERAS N° 59/18, fijándose el precio del módulo aplicable a las determinaciones de los análisis, a partir del mes de agosto de 2024, en la suma de PESOS SEIS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO CON CINCUENTA Y SEIS CENTAVOS ($ 6.985,56) IVA incluido.

ARTÍCULO 2°: Intímese a la firma ESTUDIO ECOLÓGICO INDUSTRIAL S.R.L. a integrar en el plazo de CINCO (5) días hábiles una garantía de contrato complementaria de PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS MIL CUARENTA Y DOS CON NOVENTA CENTAVOS ($ 1.976.042,90), en cualquiera de las formas previstas en el artículo 22° del Reglamento de Contrataciones del ERAS aprobado por la Resolución 39/18 y su modificatoria la Resolución ERAS 54/23.

ARTÍCULO 3°: Instrúyese al DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS a elaborar y suscribir con el contratista el Acta correspondiente, conforme lo establecido en el artículo 16° del “Procedimiento de Redeterminación de Precios” del ERAS aprobado por la Resolución ERAS N° 59/18.

ARTÍCULO 4°: Notifíquese por el DEPARTAMENTO SECRETARÍA EJECUTIVA.

ARTÍCULO 5°: Regístrese, tome intervención el DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS que proseguirá con las tramitaciones correspondientes, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese.”

Firma: Ing. Eduardo A. BLANCO - Vicepresidente.

Eduardo Alberto Blanco, Vicepresidente.

e. 26/08/2024 N° 57243/24 v. 26/08/2024

Fecha de publicación 26/08/2024