COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
Resolución 8/2024
Montevideo, 29/08/2024
Visto:
La necesidad de adoptar medidas para la conservación y racional explotación de la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca.
Resultando:
Que, de acuerdo al asesoramiento técnico recibido por la Comisión, resulta necesario proteger las actuales concentraciones de ejemplares juveniles de la especie para la temporada extractiva 2025.
Atento:
A lo establecido en los artículos 80 y 82 inciso d) del Tratado del Río de la Plata y su Frente Marítimo
LA COMISIÓN TÉCNICA MIXTA DEL FRENTE MARÍTIMO
RESUELVE:
Artículo 1º) Prohíbese la pesca dirigida a la especie calamar (Illex argentinus) en la Zona Común de Pesca a partir del 31 de agosto de 2024.
Artículo 2º) Considérese la transgresión de la presente Resolución como un incumplimiento grave.
Artículo 3º) Comuníquese al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto de la República Argentina y al Ministerio de Relaciones Exteriores de la República Oriental del Uruguay.
Artículo 4º) Publíquese en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario Oficial de la República Oriental del Uruguay.
Luis E. Bellando - Zapicán Bonino
e. 03/09/2024 N° 59732/24 v. 03/09/2024
Fecha de publicación 03/09/2024