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10 de Septiembre de 2024

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SERVICIO EXTERIOR

Decreto 788/2024

DECTO-2024-788-APN-PTE - Convócase funcionario.

Ciudad de Buenos Aires, 04/09/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-86994327-APN-DGRRHH#MRE, la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 y sus modificatorias, el Decreto N° 337 del 9 de marzo de 1995 y la Resolución del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO N° 153 de 27 de agosto de 2021, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 21, inciso s) de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 establece que cuando por necesidades del servicio sean convocados por el PODER EJECUTIVO NACIONAL los funcionarios del cuerpo permanente pasivo deberán presentarse a prestar servicios, quedando sujetos -salvo dispensa expresa- a las obligaciones, limitaciones e incompatibilidades de los funcionarios en actividad.

Que el Decreto N° 337/95 establece en VEINTICINCO (25) los cargos previstos en la estructura orgánica del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, para ser cubiertos por funcionarios de la categoría “A”, Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios, designados en virtud de lo dispuesto por el artículo 5º de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957 o convocados al servicio activo en orden a lo establecido en el artículo 21, inciso s) del mismo texto legal.

Que por la citada Resolución del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO N° 153/21 se dispuso el traslado desde citado Ministerio al Consulado General y Centro de Promoción Argentina en la Ciudad de San Pablo, REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Luis María KRECKLER, designándolo Cónsul General y Director de dicho Centro de Promoción.

Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 18, inciso g) de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, dejarán de pertenecer al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación los funcionarios que hubieran alcanzado determinado límite de edad.

Que en el caso de los señores Embajadores Extraordinarios y Plenipotenciarios el límite de edad establecido es de SETENTA (70) años.

Que el señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Luis María KRECKLER se halla comprendido en los alcances de dicha norma.

Que, sin perjuicio de ello y atento lo citado precedentemente, resulta conveniente contar con la colaboración del mencionado diplomático, para continuar llevando a cabo sus funciones en el destino antes citado, hasta el 1° de diciembre de 2025.

Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PLANIFICACIÓN EXTERIOR del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha intervenido en el ámbito de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO ha tomado la intervención que le compete.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia, de acuerdo con las atribuciones conferidas por los artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y 21, inciso s) de la Ley del Servicio Exterior de la Nación Nº 20.957.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Dispónese el cese de funciones en el Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación, del señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Luis María KRECKLER (D.N.I. N° 11.528.927), con fundamento en la causal de límite de edad prevista en el artículo 18, inciso g) de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, a partir del 16 de agosto de 2024.

ARTÍCULO 2º.- Convócase al Cuerpo Permanente Activo del Servicio Exterior de la Nación, al señor Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Luis María KRECKLER (D.N.I. N° 11.528.927), de conformidad con el artículo 21, inciso s) de la Ley del Servicio Exterior de la Nación N° 20.957, a partir del día 17 de agosto de 2024 y hasta el 1° de diciembre de 2025.

ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

MILEI - Diana Mondino

e. 05/09/2024 N° 60834/24 v. 05/09/2024

Fecha de publicación 05/09/2024