BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación “A” 8101/2024
05/09/2024
A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:
Ref.: LISOL 1-1073, OPRAC 1-1256. Financiamiento al Sector Público no Financiero. Títulos de Deuda de la provincia de Santa Fe.
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la resolución que, en su parte pertinente, dispone:
“- No formular observaciones, en el marco de la restricción contenida en el punto 2.1. del texto ordenado sobre Financiamiento al Sector Público no Financiero, a que las entidades financieras puedan adquirir Títulos de Deuda a ser emitidos por la provincia de Santa Fe por hasta la suma en circulación de $50.000.000.000 (pesos cincuenta mil millones), en el marco de la Ley provincial 14.245 y de acuerdo con las condiciones establecidas en la nota NO-2024-88495599-APNSH#MEC de la Secretaría de Hacienda del Ministerio de Economía de la Nación, sin perjuicio de la observancia por parte de las entidades financieras intervinientes de las disposiciones en materia de fraccionamiento del riesgo crediticio previstas en el citado ordenamiento.”
Saludamos a Uds. atentamente.
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Darío C. Stefanelli, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas - Marina Ongaro, Subgerenta General de Regulación Financiera.
e. 09/09/2024 N° 61487/24 v. 09/09/2024
Fecha de publicación 09/09/2024