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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

Resolución Sintetizada 634/2024

Resolución RESOL-2024-634-APN-ENRE#MEC

ACTA N° 1956

Expediente EX-2022-05331336-APN-SD#ENRE

Buenos Aires, 10 de SEPTIEMBRE de 2024

El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la solicitud de Acceso a la Capacidad de Transporte Existente del Parque Eólico Vientos del Atlántico I con una potencia de 102,6 MW, ubicado en el Partido de Mar Chiquita, Provincia de BUENOS AIRES. 2.- Dar a publicidad la solicitud de otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) para la obra consistente en la construcción de UNA (1) Estación Transformadora (ET) La Armonía que contará con UNA (1) playa de 132 kV de configuración doble juego de barras con acoplamiento, DOS (2) campos de salida de línea y UN (1) campo de conexión con el Parque Eólico Vientos del Atlántico I y el seccionamiento UNA (1) de las dos ternas de 132 kV Villa Gesell-Vivoratá, para la vinculación de la ET La Armonía, aproximadamente a SEIS KILÓMETROS (6 km) de la ET Vivoratá mediante una doble terna de aproximadamente TRES KILÓMETROS (3 km) de longitud. 3.- La publicación ordenada en el artículo 1 de este acto se realizará mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), requiriendo a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, otorgando un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, contados desde el día siguiente de la última publicación efectuada, a fin que, quien lo considere procedente, presente un proyecto alternativo de Acceso que produzca una optimización del funcionamiento técnico-económico del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) o presente observaciones u oposiciones sobre la base de la existencia de perjuicios para el mismo. 4.- La publicación ordenada en el artículo 2 de este acto se realizará mediante un AVISO en la en la página web del ENRE, requiriendo a CAMMESA que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por un plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos. Asimismo, corresponde publicar la solicitud por DOS (2) días en un diario de amplia difusión del lugar en que la obra vaya a realizarse o pueda afectar eléctricamente; otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos a ser computados desde la última publicación efectuada, para que, quien considere que la obra pueda afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 5.- Establecer que, en caso de registrarse oposición común a varios usuarios o, respecto del Acceso, la presentación de un proyecto alternativo al del solicitante u observaciones al mismo, se convocará a Audiencia Pública para permitir a las partes contestarlas y exponer sus argumentos. 6.- Disponer que, operado el vencimiento de los plazos fijados en el artículo 3 y 4 del presente acto sin que se registren presentaciones de oposición fundadas en los términos descriptos o proyecto alternativo superador, se considerará otorgado el Acceso referido en el artículo 1 y emitido el CCyNP referido en el artículo 2 y se informarán tanto en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución, ambos en la página de Internet del ENRE, como así también a las partes. 7.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y la EMPRESA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA POR DISTRIBUCIÓN TRONCAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSBA S.A.), conforme indican sus respectivas presentaciones, a efectos de garantizar el correcto funcionamiento del SADI. 8.- Hacer saber a TRANSBA S.A. que, en el marco de su Sistema de Gestión Ambiental - implementado en cumplimiento de la Resolución ENRE N° 558 de fecha 4 de noviembre de 2022-, deberá incorporar en el primer informe de avance que presente luego de finalizadas las obras, la auditoría ambiental de cierre de las mismas y ajustar el programa de monitoreo a fin de asegurar la realización de mediciones de los CEM que permitan verificar el cumplimiento de los estándares fijados por la Resolución de la SECRETARÍA DE ENERGÍA (SE) N° 77 de fecha 12 de marzo de 1998. 9.- Hacer saber que las instalaciones involucradas deberán cumplir con los requerimientos de la normativa vigente, a saber: a) Resolución ENRE N° 163 de fecha 29 de mayo de 2013 (Estaciones Transformadoras); b) Resolución ENRE N° 400 de fecha 16 de noviembre de 2011 (Señalización de instalaciones eléctricas); c) Resolución ENRE N° 37 de fecha 10 de febrero de 2010 (Líneas Aéreas de Alta Tensión); d) Resolución ENRE N° 33 de fecha 21 de enero de 2004 (Obstáculos antisubidas y cartelería); e) Resolución ENRE N° 190 de fecha 25 de julio de 2012 (Trabajos en la vía Pública); f) Resolución ENRE N° 382 de fecha 23 de septiembre de 2015 (Restricciones dentro de la franja de seguridad derivadas de Servidumbre Administrativa de Electroducto) y; g) Resolución ENRE N° 620 de fecha 15 de diciembre de 2017 (Guía de Contenidos Mínimos del Sistema de Seguridad Pública de las Empresas Transportistas). 10.- Una vez otorgado el CCyNP, se deberán iniciar los trámites, para la constitución de SAE, a favor de TRANSBA S.A., ante el ENRE conforme los términos de la Ley N° 19.552 y el artículo 83 de la Ley 24.065, gestionando los nuevos planos de mensura y las modificaciones necesarias para la constitución de la SAE e inscripción en el registro de la propiedad del inmueble, siendo TRANSBA S.A., la responsable de comprobar que se cumplan todas las acciones tendientes a la constitución definitiva de la misma conforme los artículos 4 y 6 de la Ley N° 19.552. 11.- Notifíquese a VIENTOS DEL ATLÁNTICO I SOCIEDAD ANÓNIMA (VIENTOS DEL ATLÁNTICO I S.A.), a TRANSBA S.A., a la COMPAÑÍA DE TRANSPORTE DE ENERGÍA ELÉCTRICA EN ALTA TENSIÓN SOCIEDAD ANÓNIMA (TRANSENER S.A.), a la SECRETARÍA DE ENERGÍA DE LA NACIÓN y a CAMMESA. 12.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.

Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.

e. 12/09/2024 N° 62686/24 v. 12/09/2024

Fecha de publicación 12/09/2024