NOTA ACLARATORIA - ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES
Resolución Sintetizada 748/2024
En la edición del Boletín Oficial N° 35.505 del día lunes 16 de septiembre de 2024, donde se publicó la citada norma, en la página 60, aviso N° 63595/24, se deslizó un error en el contenido de la medida por parte del organismo emisor. En razón de ello, se procede a su republicación:
RESOL-2024-748-APN-ENACOM#JGM 12/09/2024
EX-2024-28416932- APN-SDYME#ENACOM
El Interventor del ENTE NACIONAL DE COMUNICACIONES ha resuelto: 1.- Agregar a las canalizaciones de la banda de frecuencias comprendida entre 7110 y 7900 MHz, para Sistemas (MXD), las disposiciones de canales que se aprueban en el Anexo I, identificado como IF-2024-29929201-APN-DNPYC#ENACOM, que forma parte de la presente. 2.- Agregar a las canalizaciones de la banda de frecuencias comprendida entre 8275 y 8500 MHz, para Sistemas (MXD), la disposición de canales que se aprueban en el Anexo II, identificado como IF-2024-29929520 APN-DNPYC#ENACOM, que forma parte de la presente. 3.- Agregar a las canalizaciones de la banda de frecuencias comprendida entre 14,5 y 15,35 GHz, para Sistemas (MXD), las disposiciones de canales que se aprueban en el Anexo III, identificado como IF-2024-29929860-APN-DNPYC#ENACOM, que forma parte de la presente. 4.- Agregar a las canalizaciones de la banda de frecuencias comprendida entre 21,2 y 23,6 GHz, para Sistemas (MXD), las disposiciones de canales que se aprueban en el Anexo IV, identificado como IF-2024-29930398-APN-DNPYC#ENACOM, que forma parte de la presente. 5.- Agregar a las canalizaciones de las bandas de frecuencias comprendidas entre 71 y 76 GHz y entre 81 y 86 GHz, para Sistemas (MXD), las disposiciones de canales que se aprueban en el Anexo V, identificado como IF-2024-29930589-APNDNPYC#ENACOM, que forma parte de la presente. 6.- Disponer que aquellos usuarios del espectro radioeléctrico que posean asignaciones vigentes a la fecha para la operación de Sistemas (MXD) en las bandas de frecuencias indicadas en los artículos 1° a 5°, y que requieran adecuar su capacidad conforme a las disposiciones de canales que por la presente se aprueban, deberán realizar el trámite correspondiente a los efectos de obtener una nueva asignación. 7.- Notifíquese, comuníquese a las áreas pertinentes, publíquese en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Firmado: Juan Martin Ozores, Interventor Ente Nacional de Comunicaciones.
NOTA: La versión completa de esta Resolución podrá obtenerse en la página WEB de ENACOM: www.enacom.gob.ar/normativas.
Sergio Gabriel Macia, Analista, Área Despacho.
e. 20/09/2024 N° 65221/24 v. 20/09/2024
Fecha de publicación 20/09/2024