ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 682/2024
Resolución RESOL-2024-682-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1957
Expediente EX-2024-03528696-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 20 de SEPTIEMBRE de 2024
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Ampliación a la Capacidad de Transporte de Energía Eléctrica presentada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública (CCyNP) de la obra de ampliación consistente en la instalación de un segundo transformador 220/132 kV 300 MVA en la Subestación (SE) Pantanosa, que incluirá un nuevo sistema de barras de 220 kV con tecnología GIS. 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en el portal de Internet del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos desde la última publicación efectuada, para que quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, se considerará emitido el CCyNP, y el ENRE procederá a indicar esta condición en el “Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución” en la página web del ENRE e informará a las partes. 5.- El solicitante deberá dar cumplimiento a los requerimientos técnicos efectuados por CAMMESA y los departamentos de Seguridad Pública (DSP) y Ambiental (D.Amb) del ENRE. 6.- Notificar a EDENOR S.A. y CAMMESA. 7.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 24/09/2024 N° 66096/24 v. 24/09/2024
Fecha de publicación 24/09/2024