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3 de Diciembre de 2024

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Legislación y Avisos Oficiales
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MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA

Resolución 272/2024

RESOL-2024-272-APN-SE#MEC

Ciudad de Buenos Aires, 24/09/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-01691920-APN-SE#MEC y los Expedientes Nros. EX-2024-01692443-APN-SE#MEC, EX-2024-01692941-APN-SE#MEC, EX-2024-01693340-APN-SE#MEC, EX-2024-07524575-APN-SE#MEC y EX-2024-68752995-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y

CONSIDERANDO:

Que la firma COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES SOCIEDAD ANÓNIMA (CGC S.A.) comunicó haber asumido, a partir del 1° de enero de 2024, la titularidad de las instalaciones de los Agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) que conforman un Autogenerador Distribuido indicados en el Anexo (IF-2024-100425447-APN-DNRYDSE#MEC), que forma parte integrante de la presente medida.

Que la firma CGC S.A. solicitó su habilitación para seguir actuando con continuidad en MEM, como nueva titular y en el mismo carácter que la firma CGC ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CGC ENERGÍA S.A.U.), anterior titular de cada uno de los establecimientos citados.

Que mediante la Nota N° B-171557-1 de fecha 18 de enero de 2024 (IF-2024-07525456-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2024-07524575-APN-SE#MEC, la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) informó que la firma CGC S.A. cumple con los requisitos exigidos por los Puntos 4.1, 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias para su administración en el MEM.

Que CAMMESA informó que la firma CGC ENERGÍA S.A.U., como cedente de la titularidad de las instalaciones, ha cumplido con lo requerido por el Punto 4.2 del Anexo 17 de Los Procedimientos.

Que los referidos cambios de titularidad fueron aceptados con carácter provisorio por CAMMESA.

Que la firma CGC S.A. cumplió con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.

Que la presente solicitud se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.481 de fecha 13 de agosto de 2024, sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de la presente medida.

Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.

Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ENERGÍA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Autorízase los cambios de titularidad de los Agentes del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) indicados en el Anexo (IF-2024-100425447-APN-DNRYDSE#MEC), que forma parte integrante de la presente medida, solicitados por la firma COMPAÑÍA GENERAL DE COMBUSTIBLES SOCIEDAD ANÓNIMA (CGC S.A.), ajustándose al cumplimiento de la normativa vigente.

ARTÍCULO 2°.- Autorízase la continuidad a la firma CGC S.A. para actuar dentro del MEM como Autogenerador Distribuido, conformado por las instalaciones de los Agentes del MEM indicados en el Anexo citado en el artículo anterior.

ARTÍCULO 3°.- Instrúyese al Organismo Encargado del Despacho (OED) a informar a todos los Agentes del MEM lo resuelto en la presenta medida.

ARTÍCULO 4°.- Notifíquese a las firmas CGC S.A., CGC ENERGÍA SOCIEDAD ANÓNIMA UNIPERSONAL (CGC ENERGÍA S.A.U.), a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.

ARTÍCULO 5°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Eduardo Javier Rodriguez Chirillo

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 25/09/2024 N° 66636/24 v. 25/09/2024

Fecha de publicación 25/09/2024