MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Resolución 661/2024
RESOL-2024-661-APN-MCH
Ciudad de Buenos Aires, 25/09/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-78143757- -APN-DRRHH#ME, la Ley Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/1992) y modificatorios, los Decretos Nros. 1035 del 8 de noviembre de 2018 y sus modificatorias, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 426 del 21 de julio de 2022 y sus modificatorias, las Decisiones Administrativas N° 580 del 7 de junio de 2016 y 1449 del 10 de agosto de 2020, las Resoluciones del entonces Ministerio de Educación Nros 867 del 3 de marzo de 2017, 347 del 14 de febrero de 2018, 1179 del 9 de noviembre de 2018, 2653 del 4 de septiembre de 2019 , 2452 del 26 de julio de 2021, 1093 del 27 de abril de 2022, 57 del 5 de enero de 2023, 2165 del 25 de septiembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 8 del 10 de diciembre de 2023 se adecuaron las disposiciones de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/1992) y modificatorias.
Que por el artículo 4° del citado Decreto se sustituyó el Título V de la Ley de Ministerios, estableciéndose las facultades de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de cada Ministerio en particular.
Que el artículo 10 de dicho Decreto estableció que todos los compromisos y obligaciones oportunamente asumidas por los entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, MINISTERIO DE CULTURA, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y por el MINISTERIO DE MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, estarán a cargo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes.
Que por el artículo 12 del mencionado Decreto se dispuso que hasta tanto se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, los Servicios Administrativos Financieros y los Servicios Jurídicos Permanentes de origen, prestarán los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica.
Que el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 y sus modificatorias se faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.
Que por el Decreto N° 426/22 y sus modificatorias se estableció que los organismos no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza en diversas modalidades, exceptuando las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.
Que por Decisión Administrativa Nº 580 del 07 de junio de 2016 se cubrió en el entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y DEPORTES el cargo con Funciones Ejecutivas de Director de Contabilidad y Finanzas dependiente de la ex DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN Y GESTIÓN FINANCIERA de la entonces SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA.
Que en el artículo 2° de la referida medida se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la misma.
Que por la Resolución Ministerial N° 867 del 3 de marzo de 2017 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente y por las Resoluciones del entonces Ministerio de Educación Nros 347 del 14 de febrero de 2018, 1179 del 9 de noviembre de 2018, 2653 del 4 de septiembre de 2019, 2452 del 26 de julio de 2021,1093 del 27 de abril de 2022, 57 del 5 de enero de 2023 y 2165 del 25 de septiembre de 2023 se hizo lo propio por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles.
Que por Decisión Administrativa N° 1449 del 10 de agosto de 2020 se homologó el cargo de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÏA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y se reasignó un nuevo Nivel de Funciones Ejecutivas (III) a la DIRECCIÓN DE CONTABILIDAD Y FINANZAS.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.
Que por ello se considera indispensable prorrogar el término fijado en el artículo 1º de la mencionada Resolución Ministerial N° 2165/23.
Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que la Dirección General de Administración de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN, ha intervenido según sus competencias.
Que el Servicio Jurídico Permanente ha tomado la intervención de su competencia.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA LEGAL, dependientes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO han tomado la intervención de su competencia.
Que la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o.1992) y sus modificatorias y el Decreto N° 1.035 de fecha 8 de noviembre de 2018.
Por ello,
LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dar por prorrogada a partir del 25 de junio de 2024 por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, la designación transitoria efectuada en los términos de la Decisión Administrativa N° 580/16 y prorrogada por las Resoluciones del entonces Ministerio de Educación Nros 867/17, 347/18, 1179/18, 2653/19, 2452/21, 1093/22, 57/23 y 2165/2023 del Dr. Juan Manuel SONDÓN RIVETTI (D.N.I 23.571.045), en el cargo de Director de Contabilidad y Finanzas (Nivel A Grado 11 con Función Ejecutiva III) dependiente de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN de la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DE EDUCACIÓN de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, y autorizándose el correspondiente pago de la Función Ejecutiva III del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP) aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2.098/08.
ARTÍCULO 2°.- El cargo involucrado en la presente medida deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP), dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días.
ARTÍCULO 3°.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 88 Subjurisdicción 04 Saf 330.
ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sandra Pettovello
e. 27/09/2024 N° 67347/24 v. 27/09/2024
Fecha de publicación 27/09/2024