Edición del
13 de Febrero de 2025

Ediciones Anteriores
Secciones

Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

Resolución 463/2024

RESOL-2024-463-APN-D#ARN

Ciudad de Buenos Aires, 27/09/2024

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2024-97933615-APN-GLYCRN#ARN que tramita la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, la Ley Nacional de la Actividad Nuclear N° 24.804 y su Decreto Reglamentario N° 1390/98, la Norma AR 0.0.1 “Licenciamiento de Instalaciones Clase I”, las Resoluciones del Directorio de la Autoridad Regulatoria Nuclear N° 513/14, N° 157/18 y N° 244/24, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme lo establecido en el Artículo 9°, Inciso a), de la Ley N° 24.804, toda persona física o jurídica para desarrollar una actividad nuclear en la REPÚBLICA ARGENTINA, deberá ajustarse a las regulaciones que imparta la AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR (ARN) en el ámbito de su competencia y solicitar el otorgamiento de la Licencia, Permiso o Autorización respectiva que lo habilite para su ejercicio.

Que la referida Ley, en su Artículo 16, Inciso b), establece que es facultad de la ARN otorgar, suspender y revocar las Licencias de Construcción, Puesta en Marcha, Operación y Retiro de Servicio de centrales de generación nucleoeléctrica.

Que la Norma AR 0.0.1 “Licenciamiento de Instalaciones Clase I” establece las condiciones generales a las que deben ajustarse la construcción, la puesta en marcha, la operación y el retiro de servicio de Instalaciones Clase I, así como el alcance de la responsabilidad de la Entidad Responsable.

Que, de conformidad con la normativa citada en los párrafos anteriores, mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 513/14, se otorgó a la empresa NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A. (NA-SA), en su carácter de Entidad Responsable, la Renovación de la Licencia de Operación de la CENTRAL NUCLEAR “PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN” – en adelante CENTRAL NUCLEAR ATUCHA UNIDAD I (CNA UI), estableciendo la vigencia en DIEZ (10) años calendario a partir de la fecha de su emisión o TREINTA Y DOS (32) años de operación a plena potencia, esta última condición marcaba el final de la vida original por diseño de la CNA UI.

Que, al haberse cumplido primero la condición de los TREINTA Y DOS (32) años de operación equivalente a plena potencia, NA-SA llevó a cabo estudios y acciones para demostrar la factibilidad de continuar operando la CNA UI a largo plazo. Dado que la Autoridad Regulatoria Nuclear consideró adecuadas estas acciones, a través de la Resolución del Directorio de la ARN N° 157/18 se emitió una Enmienda a la Licencia de Operación de la CNA UI, mediante la cual se modificaron las condiciones establecidas en ella a fin de considerar los términos y condiciones técnicas para la operación a largo plazo. Asimismo, se modificó la vigencia de la mencionada Enmienda, quedando establecida en CINCO (5) años de operación a plena potencia adicionales o DIEZ (10) años calendario a partir de la aprobación por parte de la ARN de la última Revisión Periódica de Seguridad (Resolución ARN N° 513/14 de fecha 29 de septiembre de 2014 ).

Que, adicionalmente, los CINCO (5) años de operación equivalente a plena potencia de la CNA UI fue la condición que se cumplió primero, por lo que NA-SA solicitó la autorización de la ARN para extender la operación de la CNA UI hasta el 29 de septiembre de 2024; al respecto, luego de realizar las correspondientes evaluaciones y verificar la factibilidad técnica de continuar con la operación segura de la CNA UI hasta el 29 de septiembre, mediante Resolución del Directorio de la ARN N° 244/24, de fecha 30 de mayo de 2024, se otorgó a NA-SA la mencionada autorización.

Que, asimismo, mediante Nota N° NO-2024-64490403-APN-GLYCRN#ARN, de fecha 19 de junio de 2024, se comunicaron a NA-SA los requisitos que debe cumplimentar para estar en condiciones de solicitar la Renovación de la Licencia de Operación de la CNA UI, cuyo vencimiento opera el 29 de septiembre de 2024, fecha a partir de la cual la CNA UI debe ser llevada al estado de parada, dando inicio a la Parada Programada de Reacondicionamiento en el marco del Proyecto de Operación a Largo Plazo de la Instalación.

Que mediante Nota N° NO-2024-00001032-NASA-D#NASA, de fecha 28 de agosto de 2024, NA-SA ha solicitado la Renovación de la Licencia de Operación de la CNA UI, por considerar que, a la fecha, ha presentado y completado la documentación para dar cumplimiento a los requisitos definidos por la ARN en su Nota N° NO-2024-64490403-APN-GLYCRN#ARN.

Que la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES (GLYCRN) ha evaluado el cumplimiento de los requisitos regulatorios que fueron definidos como condición necesaria para la Renovación de la Licencia de Operación de la CNA UI, en el marco del inicio de la Parada Programada de Reacondicionamiento del Proyecto de Operación a Largo Plazo de la CNA UI, y que los resultados de las evaluaciones e inspecciones realizadas por la mencionada Gerencia se encuentran documentados en el Documento Electrónico N° IF-2024-104158662-APN-GLYCRN#ARN.

Que, por lo expuesto precedentemente, la GLYCRN recomienda al Directorio de la ARN que se otorgue a NA-SA, en su carácter de Entidad Responsable, la Renovación de la Licencia de Operación mediante la cual se autoriza el inicio de la Parada Programada de Reacondicionamiento de la CNA UI.

Que las GERENCIAS SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y MEDICIONES Y EVALUACIONES EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA, la SUBGERENCIA INTERVENCIÓN EN EMERGENCIAS RADIOLÓGICAS Y NUCLEARES y la ACTIVIDAD SEGURIDAD FÍSICA NUCLEAR han tomado en el trámite la intervención que les compete.

Que las GERENCIAS ASUNTOS ADMINISTRATIVOS y RECURSOS y ASUNTOS JURÍDICOS han tomado en el trámite la intervención correspondiente.

Que el DIRECTORIO de la Autoridad Regulatoria Nuclear es competente para el dictado de la presente Resolución, conforme se establece en los Artículos 9°, Inciso a), 16, Inciso b), y 22, Inciso a), de la Ley N° 24.804.

Por ello, en su reunión de fecha 27 de septiembre de 2024 (Acta N° 34),

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD REGULATORIA NUCLEAR

RESOLVIÓ:

ARTÍCULO 1°.- Otórguese a la empresa NUCLEOLÉCTRICA ARGENTINA S.A., en su carácter de Entidad Responsable, la Renovación de la Licencia de Operación de la CENTRAL NUCLEAR “PRESIDENTE JUAN DOMINGO PERÓN” – CENTRAL NUCLEAR ATUCHA UNIDAD I (CNA UI), la cual se encuentra como Anexo a la presente Resolución.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese a la SECRETARÍA GENERAL, a las GERENCIAS LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES, SEGURIDAD RADIOLÓGICA, FÍSICA Y SALVAGUARDIAS y MEDICIONES Y EVALUACIONES EN PROTECCIÓN RADIOLÓGICA, a la SUBGERENCIA INTERVENCIÓN EN EMERGENCIAS RADIOLÓGICAS Y NUCLEARES y a la ACTIVIDAD SEGURIDAD FÍSICA NUCLEAR.

ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa NUCLEOELÉCTRICA ARGENTINA S.A., a través de la GERENCIA LICENCIAMIENTO Y CONTROL DE REACTORES NUCLEARES a los fines correspondientes. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL de la REPÚBLICA ARGENTINA y archívese.

Leonardo Juan Sobehart

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n.

e. 01/10/2024 N° 68211/24 v. 01/10/2024

Fecha de publicación 01/10/2024