INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
Resolución 655/2024
RESOL-2024-655-APN-INCAA#MCH
Ciudad de Buenos Aires, 01/10/2024
VISTO el Expediente N° EX-2024-82833278-APN-SGS#INCAA del Registro del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, las Leyes N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, los Decretos N° 1536 de fecha 20 de agosto de 2002 y N° 202 de fecha 28 de febrero de 2024 y Resolución INCAA N° 453-E de fecha 30 de julio de 2024, y
CONSIDERANDO
Que la Ley N° 17741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, tiene como objetivos fundamentales el fomento y la regulación de la actividad cinematográfica en el territorio nacional.
Que dentro de las medidas de fomento previstas por la Ley N° 17.741 (t.o. 2001) y sus modificatorias, se encuentra la facultad del presidente del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES de auspiciar concursos y otorgar premios.
Que la producción audiovisual es un vehículo esencial para la expresión cultural, la innovación creativa y el fortalecimiento de la identidad nacional. En este contexto, el Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (INCAA) se compromete a fomentar el desarrollo y la excelencia de la industria cinematográfica argentina.
Que la Resolución INCAA N°453-E/2024 aprueba los Lineamientos Generales de Concursos y Premios, con el cual el INCAA establece las bases para la realización de concursos destinados a apoyar a productores, guionistas y directores tanto noveles como consolidados, promoviendo la inclusión y la diversidad cultural en todo el país, con el fin de premiar no solo la excelencia en la producción audiovisual, sino también contribuir al crecimiento sostenido de la industria.
Que resulta necesario llamar a productores a presentar propuestas escritas para la producción de DOS (2) series cortas inéditas de ficción, con una duración total de al menos 4 capítulos de mínimo 15 MINUTOS cada uno destinados a su reproducción a través de canales de televisión o plataformas digitales, con el objetivo de fomentar el desarrollo audiovisual nacional y generar contenidos de interés público.
Que por tanto, es necesario aprobar su implementación y su presupuesto total a fin de garantizar el correcto cumplimiento de esta edición del concurso “SERIES CORTAS DE FICCIÓN 2024”.
Que en virtud de todo lo expuesto debe dictarse el correspondiente acto administrativo.
Que la SUBGERENCIA DE PROMOCIÓN, la COORDINACIÓN DE PLANIFICACIÓN PRESUPUESTARIA Y FINANCIERA, la GERENCIA DE POLÍTICAS PÚBLICAS, la GERENCIA GENERAL, y la GERENCIA DE ASUNTOS LEGALES han tomado la intervención que les compete
Que las atribuciones y competencias para la emisión de este acto se encuentran previstas en la Ley N° 17.741 (t.o.2001) y sus modificatorias, y en los Decretos N° 1536/2002 y N° 202/2024.
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Autorizar la implementación del concurso “SERIES CORTAS DE FICCIÓN”
ARTICULO 2º.- Aprobar el presupuesto en concepto de premio identificado como documento GDE IF-2024-102907808- APN-SGP#INCAA.
ARTÍCULO 3°.- Llamar a PRODUCTORES a presentar proyectos para la producción de DOS (2) series cortas inéditas de ficción, con una duración total de al menos 4 capítulos de mínimo 15 MINUTOS cada uno destinados a su reproducción a través de canales de televisión o plataformas digitales, y aprobar las BASES Y CONDICIONES del concurso “SERIES CORTAS DE FICCIÓN” que obran como Anexo I y Anexo I-A según IF-2024-105431591-APN-SGP#INCAA, que a todos los efectos, forman parte integrante de la presente resolución.
ARTÍCULO 4°.- Establecer como plazo de presentación desde las 00 horas del día 21 de octubre de 2024 hasta las 14 horas del día 10 de diciembre de 2024, como fechas de apertura y cierre respectivamente, para las presentaciones del llamado a Concurso.
ARTÍCULO 5°.- Determinar que la participación en el presente concurso implica el conocimiento y aceptación de todo lo establecido en el Pliego de Bases y Condiciones.
ARTÍCULO 6º.- Aprobar el modelo de contrato, que obra como Anexo II identificado como IF-2024-105944507-APN-SGP#INCAA y forma parte integrante de la misma.
ARTÍCULO 7º.- Imputar el gasto a la partida del ejercicio financiero correspondiente, sujeto a disponibilidad presupuestaria del Organismo
ARTÍCULO 8º.- Establecer que se deja sin efecto cualquiera otra normativa que contradiga a esta Resolución.
ARTÍCULO 9º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y, oportunamente archívese.
Carlos Luis Pirovano
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-
e. 02/10/2024 N° 68903/24 v. 02/10/2024
Fecha de publicación 02/10/2024