ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD
Resolución Sintetizada 701/2024
Resolución RESOL-2024-701-APN-ENRE#MEC
ACTA N° 1959
Expediente EX-2024-52747443-APN-SD#ENRE
Buenos Aires, 1 de OCTUBRE de 2024
El Señor Interventor del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto: 1.- Dar a publicidad la Solicitud de Ampliación del Sistema de Transporte Existente presentada por la EMPRESA DISTRIBUIDORA Y COMERCIALIZADORA NORTE SOCIEDAD ANÓNIMA (EDENOR S.A.) para el otorgamiento del Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública de la obra consistente en la construcción de UN (1) electroducto constituido por DOS (2) simples ternas de cable subterráneo de XLPE de 800 mm de aluminio simple terna de 132 kV en reemplazo de los cables subterráneos OIL FILLED (OF) N° 114 y 418 existentes que vincularán la Subestación Güemes ubicada en la calle Güemes N° 4433 con los empalmes ubicados uno en la intersección de las Avenida Sarmiento y Avenida Casares, y el otro en la intersección de Charcas y Uriarte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CABA). 2.- Publicar la solicitud referida en el artículo 1 mediante un AVISO en la página web del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE) y solicitar a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) que haga lo propio en la suya, ambas publicaciones por el plazo de CINCO (5) días hábiles administrativos, y por DOS (2) días consecutivos en un diario de amplia difusión del lugar en donde se construirá la obra proyectada o en donde pueda afectar eléctricamente, otorgando un plazo de DIEZ (10) días hábiles administrativos, a ser computados a partir del día siguiente al de la última publicación efectuada, para que, quien considere que la solicitud en cuestión pudiera afectarlo en cuanto a las prestaciones eléctricas recibidas o sus intereses económicos, plantee su oposición fundada por escrito ante el ENRE. 3.- Establecer que, en caso de que existan presentaciones fundadas comunes entre distintos usuarios, se convocará a Audiencia Pública para recibir las oposiciones y permitir al solicitante contestar las mismas y exponer sus argumentos. 4.- Disponer que, en caso de que no hubiera ninguna presentación fundada al vencimiento de los plazos señalados, se considerará emitido el Certificado de Conveniencia y Necesidad Pública, y el ENRE procederá a indicar esta condición en el Registro Informativo de Ampliaciones del Sistema de Transporte y Distribución en su página web e informar a las partes. 5.- Hacer saber a EDENOR S.A. que deberá cumplir con los requerimientos establecidos por el Departamento Ambiental y el Departamento de Seguridad Pública de este organismo, detallados en los considerandos de la presente. 6.- Notifíquese a EDENOR S.A. y a CAMMESA. 7.- Regístrese, comuníquese, publique en extracto, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y Archívese. Firmado: Interventor del ENRE, Lic. Darío O. Arrué.-.
Lohana Arturo, Asistente Administrativo, Secretaría del Directorio.
e. 03/10/2024 N° 69347/24 v. 03/10/2024
Fecha de publicación 03/10/2024