ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS - DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS
LEY 22.415 -arts. 1013 inciso h) y 1101-
EDICTO
Por ignorarse domicilio, se cita a la persona física que más abajo se menciona, para que dentro de los 10 (diez) días hábiles de notificada, comparezca a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la infracción indicada, cuyas actuaciones tramitan ante la División Secretaría Nº 2 del Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, sita en Azopardo 350 Planta Baja, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, bajo apercibimiento de rebeldía. Deberá constituir domicilio en los términos del art.1001 del Código Aduanero, bajo apercibimiento de lo indicado en el art.1004 del citado texto legal. Se le hace saber que el pago de la multa mínima dentro del plazo señalado, producirá la extinción de la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente (arts. 930, 931 y 932 del CA). Asimismo, deberá integrar la suma correspondiente a los tributos reclamados en dólares estadounidenses, para cuya conversión a pesos se utilizará el tipo de cambio vendedor que informare el Banco de la Nación Argentina al cierre de sus operaciones, correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efectivo pago.
Conf. PV-2024-02604829-AFIP-DVSEC2#SDGTLA
Actuación SIGEA | Garante Documento | Operación/Doc. | INFR | MULTAS | TRIBUTOS | FIRMADO POR |
12227-508-2014 | AQUILLANO MIRIAM SELVA DNI 17.166.505 | Imp temporal de Objetos transportados como equipaje Nº35/14 | 970 C.A. | $100.917,58 Multa sust. $321.237,58 | U$S12.367,35 | Abog. Marcos Mazza, Jefe (int.) División Secretaría 2 |
Marisa Carla Dardik, Analista, División Secretaría N° 2.
e. 03/10/2024 N° 69089/24 v. 03/10/2024
Fecha de publicación 03/10/2024