PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
Decreto 885/2024
DECTO-2024-885-APN-PTE - Desestímase recurso.
Ciudad de Buenos Aires, 04/10/2024
VISTO el Expediente N° EX-2020-08254800-APN-DCP#PSA, la Ley N° 26.102 y sus modificaciones, los Decretos Nros. 836 del 19 de mayo de 2008 y sus modificatorios, 1329 del 28 de septiembre de 2009, la Resolución del Tribunal de Disciplina Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA N° 20 del 16 de mayo de 2023 y la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 899 del 5 de diciembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por la mencionada Ley de Seguridad Aeroportuaria Nº 26.102 se establecen las bases jurídicas, orgánicas y funcionales del Sistema de Seguridad Aeroportuaria.
Que por las actuaciones citadas en el Visto tramita el recurso de apelación contra la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 899/23 interpuesto por la Oficial Ayudante Johanna Raquel NUÑEZ, conforme lo normado por el artículo 174 del Anexo I del Decreto N° 1329/09.
Que en el marco del sumario administrativo pertinente se investigó la posible comisión de una falta disciplinaria muy grave por parte de la referida ex-Oficial.
Que luego de los trámites procesales de estilo, sometida la cuestión a consideración del Tribunal de Disciplina Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, mediante su Resolución Nº 20/23 aconsejó la “BAJA POR EXONERACIÓN” a la Oficial Ayudante Johanna Raquel NUÑEZ.
Que, en virtud de ello, mediante la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD Nº 899/23 se dejó exonerado al personal policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA Oficial Ayudante Johanna Raquel NUÑEZ, de conformidad con los artículos 286, inciso 7 y 247, inciso 3 del Anexo A del Decreto Nº 836/08.
Que contra dicho acto la citada ex-Oficial interpuso recurso de apelación, conforme lo normado por el artículo 174 del Anexo I del Decreto N° 1329/09.
Que en atención a lo reseñado corresponde brindar tratamiento al aludido recurso por resultar formalmente admisible.
Que, a mayor abundamiento, se advierte que la imputada ha sido debidamente citada a prestar declaración en la etapa preparatoria, conforme lo prevé el artículo 123 del Anexo I del Decreto N° 1329/09, así como también tuvo oportunidad de ser oída en la audiencia de debate prevista en el artículo 142 del mencionado Anexo.
Que se ha acreditado palmariamente en las actuaciones citadas en el Visto del presente acto la falta muy grave cometida por la citada ex-Oficial, que afecta la operatividad del servicio, la imagen pública y/o el prestigio de la institución, la ética y la honestidad del personal policial, así como los principios básicos en la actuación policial, conforme lo previsto en los artículos 286, inciso 7 y 247, inciso 3 del Anexo A del Decreto N° 836/08.
Que de acuerdo a las consideraciones hasta aquí vertidas debe concluirse que los fundamentos impugnatorios ensayados oportunamente por la recurrente no pueden prosperar, por cuanto ninguno de ellos logra desvirtuar la conclusión a la que se arribara, manteniéndose incólume la motivación objeto del reproche.
Que teniendo en cuenta lo indicado corresponde desestimar el recurso de apelación incoado.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE SEGURIDAD ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente se dicta en el marco de lo dispuesto por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 174 del Reglamento de Investigaciones Administrativas del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, aprobado por el Decreto N° 1329/09.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Desestímase el recurso de apelación interpuesto por la ex Oficial Ayudante Johanna Raquel NUÑEZ (Legajo Nro. 505.234 – D.N.I. Nº 35.830.744) contra la Resolución del MINISTERIO DE SEGURIDAD N° 899 del 5 de diciembre de 2023.
ARTÍCULO 2º.- Hágase saber a la recurrente que con el dictado del presente acto queda agotada la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 175 del Reglamento de Investigaciones Administrativas del Personal Policial de la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, aprobado por el Decreto Nº 1329/09.
ARTÍCULO 3°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
MILEI - Patricia Bullrich
e. 07/10/2024 N° 70361/24 v. 07/10/2024
Fecha de publicación 07/10/2024