MINISTERIO DE SEGURIDAD
Resolución 1027/2024
RESOL-2024-1027-APN-MSG
Ciudad de Buenos Aires, 02/10/2024
VISTO el Expediente Nro. EX-2024-93844274- -APN-SSIF#MSG del Registro del MINISTERIO DE SEGURIDAD, la Ley Nro. 24.059 de Seguridad Interior, la Ley de Ministerios Nro. 22.520 (t.o. 1992) y sus modificatorias y,
CONSIDERANDO:
Que las Fuerzas Policiales y de Seguridad Federales realizan en la actualidad múltiples operativos y actuaciones en varias localidades del territorio nacional, en cumplimiento de los requerimientos jurisdiccionales que ordenan su labor como auxiliares del servicio de Administración de Justicia.
Que la formación de unidades de mando unificado para coordinar estratégicamente los medios existentes en el marco de planes de seguridad interinstitucionales ha posibilitado optimizar y potenciar el aprovechamiento de los efectivos y capacidades con las que cuenta cada Fuerza Federal de Seguridad para llevar a cabo sus funciones.
Que los resultados favorables obtenidos a partir de las labores realizadas por los distintos comandos previamente establecidos y la experiencia operativa acumulada hacen propicio y adecuado conformar un nuevo Comando que, sin duplicar las funciones ya existentes en las unidades activas, se aboque con especificidad al despliegue territorial de tareas destinadas a la prevención y control del orden público para el ejido del Departamento ROSARIO, Provincia de SANTA FÉ.
Que conforme lo establecido en el artículo 8 de la Ley Nro. 24.059, el MINISTERIO DE SEGURIDAD tiene a su cargo la dirección superior de los cuerpos policiales y de las fuerzas Federales de Seguridad del Estado Nacional.
Que en tal sentido y atento las competencias asignadas al MINISTERIO DE SEGURIDAD, resulta oportuno y conveniente crear un “COMANDO UNIFICADO DE FUERZAS FEDERALES -PLAN BANDERA-” en jurisdicción del Departamento ROSARIO, Provincia de SANTA FE, a fin de contribuir con una mejor y más eficiente organización sobre el despliegue territorial de tareas destinadas a la prevención y control del orden público en su territorio.
Que para optimizar la eficiencia y agilizar la toma de decisiones del COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES -PLAN BANDERA-, se entiende necesario delegar en el titular de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD o la estructura organizativa que en el futuro la reemplace, la designación de un Oficial Superior de la GENDARMERÍA NACIONAL, POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA o POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA en calidad de Coordinador General, estableciendo la supervisión directa del mismo de la SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL perteneciente a esta Cartera de Estado.
Que el servicio jurídico permanente de este Ministerio ha tomado la intervención que le corresponde.
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la norma que comunica el art. 22 bis de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias.
Por ello,
LA MINISTRA DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° - Créase el COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD - PLAN BANDERA-, con el objetivo específico de ejecutar tareas destinadas a la prevención y conjuración de los delitos tanto del fuero federal como del fuero ordinario, y toda actividad delictiva que amenace los derechos y garantías constitucionales en el Departamento ROSARIO, Provincia de SANTA FE.
ARTÍCULO 2° - El COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD -PLAN BANDERA- estará integrado por la GENDARMERÍA NACIONAL, la POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA y la POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA, quienes se encuentran constituidas en el mencionado ejido jurisdiccional.
ARTÍCULO 3° - Deléguese en el titular de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD o la estructura organizativa que en un futuro la reemplace, la competencia orgánico funcional de designar mediante acto administrativo al Coordinador General del COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD -PLAN BANDERA-. El funcionario designado deberá ser un Oficial Superior de la GENDARMERÍA NACIONAL, POLICÍA FEDERAL ARGENTINA, PREFECTURA NAVAL ARGENTINA o POLICÍA DE SEGURIDAD AEROPORTUARIA y tendrá supervisión directa de la SUBSECRETARÍA DE INTERVENCIÓN FEDERAL o la estructura organizativa que en el futuro la reemplace, poseyendo en el marco de sus funciones, autonomía y capacidad decisoria sobre el personal y los medios afectados a los operativos de seguridad en el Departamento ROSARIO, Provincia de SANTA FE.
ARTÍCULO 4° - El COMANDO UNIFICADO DE LAS FUERZAS FEDERALES DE SEGURIDAD -PLAN BANDERA-, podrá ser disuelto por la Ministra de Seguridad de la Nación a propuesta de la SECRETARÍA DE SEGURIDAD.
ARTÍCULO 5º.- La presente medida entrará en vigencia a partir de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
ARTÍCULO 6º - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DE REGISTRO OFICIAL y archívese.
Patricia Bullrich
e. 07/10/2024 N° 70199/24 v. 07/10/2024
Fecha de publicación 07/10/2024