MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO
Resolución 694/2024
RESOL-2024-694-APN-MCH
Ciudad de Buenos Aires, 10/10/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-94556049- -APN-DRRHH#ME, la Ley Nº 22.520 (t.o. Decreto Nº 438/1992) y modificatorios, los Decretos Nros. 1.035 del 8 de noviembre de 2018 y sus modificatorias, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, 426 del 21 de julio de 2022 y sus modificatorias, 862 del 27 de septiembre de 2024, la Decisión Administrativa N° 901 del 7 de septiembre de 2021, las Resoluciones Ministeriales Nros. 1350 del 16 de mayo de 2022, 265 del 6 de febrero de 2023, la 2627 del 21 de noviembre de 2023, y
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 8/23 se adecuaron las disposiciones de la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o. Decreto N° 438/1992) y modificatorias.
Que por el artículo 4° del citado Decreto se sustituyó el Título V de la Ley de Ministerios, estableciéndose las facultades de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y de cada Ministerio en particular.
Que el artículo 10 de dicho Decreto estableció que todos los compromisos y obligaciones oportunamente asumidas por los entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, MINISTERIO DE CULTURA, MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL y por el MINISTERIO DE MUJERES, GÉNEROS Y DIVERSIDAD, estarán a cargo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO considerándose transferidos los créditos presupuestarios, unidades organizativas, bienes, personal con cargos y dotaciones vigentes a la fecha, hasta tanto se aprueben las estructuras correspondientes.
Que por el artículo 12 del mencionado Decreto se dispuso que hasta tanto se perfeccionen las modificaciones presupuestarias y demás tareas que permitan la plena operatividad del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, los Servicios Administrativos Financieros y los Servicios Jurídicos Permanentes de origen, prestarán los servicios relativos a la ejecución presupuestaria, contable, financiera, de compras, de recursos humanos y en materia jurídica.
Que por el Decreto N° 50/19, se aprobó el -Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría-, aprobado por el artículo 1° de la misma y sus modificatorios, el Apartado XVII, y se aprobaron la conformación organizativa del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y las acciones a cargo de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN.
Que el artículo 3° del Decreto N° 1035/18 y sus modificatorias se faculta a los Ministros, Secretarios de la PRESIDENCIA DE LA NACIÓN, Secretarios de Gobierno en sus respectivos ámbitos y autoridades máximas de organismos descentralizados, a prorrogar las designaciones transitorias que oportunamente fueran dispuestas, en las mismas condiciones de las designaciones y/o últimas prórrogas.
Que por el Decreto N° 426/22 y sus modificatorias se estableció que los organismos no podrán efectuar designaciones ni contrataciones de personal de cualquier naturaleza en diversas modalidades, exceptuando las prórrogas de designaciones transitorias y de contratos.
Que por el Decreto N° 862 de fecha 27 de septiembre de 2024 se aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO y de los organismos desconcentrados citados se incorporó, homologo, reasigno y derogo diversos cargos pertenecientes a la citada Jurisdicción en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08.
Que por el citado Decreto se derogo la Coordinación de Seguimiento y Mejora Continua de la Gestión dependiente de la EX UNIDAD GABINETE DE ASESORES del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que por la Decisión Administrativa N° 901 del 7 de septiembre de 2021 se cubrió el cargo de Coordinador de Seguimiento y Mejora Continua de la Gestión - Nivel B Grado 0, Función Ejecutiva IV del SINEP, de la entonces UNIDAD GABINETE DE ASESORES del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN.
Que en el artículo 2° de la referida medida se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto mediante los sistemas de selección previstos en el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto N° 2098/08, en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de la misma.
Que por las Resoluciones Ministeriales Nros. 1350/22, 265/23 y 2627/23 se prorrogó por otros CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado precedentemente.
Que por razones operativas no ha sido posible cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.
Que por ello se considera indispensable prorrogar el término fijado en el artículo 1º de la mencionada Resolución Ministerial N° 2627/23.
Que el cargo citado no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que el Servicio Jurídico de la Subsecretaría de Gestión Administrativa de Educación, en el ámbito de la SECRETARÍA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO ha tomado su debida intervención.
Que la SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA y la SUBSECRETARÍA LEGAL, dependientes de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Ley de Ministerios N° 22.520 (t.o.1992) y sus modificatorias y el Decreto N° 1.035 de fecha 8 de noviembre de 2018.
Por ello,
LA MINISTRA DE CAPITAL HUMANO
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Dese por prorrogada desde el 20 de agosto de 2024 y hasta el 30 de septiembre de 2024, la designación transitoria efectuada en los términos de la Decisión Administrativa Nº 901 del 7 de septiembre de 2021 y prorrogadas por las Resoluciones Ministeriales Nros. 1350/2022, 265/2023 y 2627/2023, al Lic. IOGNA, Diego Daniel (D.N.I. Nº 35.138.332), en el cargo de Coordinador de Seguimiento y Mejora Continua de la Gestión de la EX UNIDAD GABINETE DE ASESORES del entonces MINISTERIO DE EDUCACIÓN, actual SECRETARIA DE EDUCACIÓN del MINISTERIO DE CAPITAL HUMANO, en Nivel B - Grado 0 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08.
Se autoriza el correspondiente pago del Suplemento por Función Ejecutiva Nivel IV del citado Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial y se efectúa la presente designación transitoria con autorización excepcional por no reunir el señor IOGNA los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 de dicho Convenio.
ARTÍCULO 2°. - El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme a los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en el Título II -Capítulos III, IV, y VIII- y el Título IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08 y sus modificatorios, dentro de los CIENTO OCHENTA (180) días desde la presente medida.
ARTÍCULO 3°. - Establécese que la asignación transitoria dispuesta en el artículo 1º de la presente medida no podrá exceder el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles conforme lo dispuesto en el artículo 21 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP), homologado por el Decreto N° 2098/08, sus modificatorios y complementarios.
ARTÍCULO 4°. - El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas de la Jurisdicción 88 Subjurisdicción 04 Saf 330.
ARTÍCULO 5°. - Comuníquese, notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Sandra Pettovello
e. 15/10/2024 N° 72298/24 v. 15/10/2024
Fecha de publicación 15/10/2024