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MINISTERIO DE JUSTICIA

Resolución 321/2024

RESOL-2024-321-APN-MJ

Ciudad de Buenos Aires, 14/10/2024

VISTO el Expediente N° EX-2024-108498749- -APN-DGDYD#MJ, los Decretos Nros. 146 del 12 de enero de 2016, 360 del 16 de febrero de 2016 y 703 del 6 de agosto de 2024, y

CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 146/16 se asignó a este Ministerio la Representación Nacional ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF/GAFI), el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) y el Grupo de Expertos en Lavado de Dinero de la Comisión Interamericana contra el Abuso de Drogas de la Organización de los Estados Americanos (LAVEX-CICAD-OEA).

Que asimismo, mediante Decreto N° 360/16 se creó, en el ambito de esta Cartera ministerial, con dependencia directa de su titular, el PROGRAMA DE COORDINACIÓN NACIONAL PARA EL COMBATE DEL LAVADO DE ACTIVOS Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, que tiene por misión reorganizar, coordinar y fortalecer el sistema nacional anti lavado de activos y contra la financiación del terrorismo, en atención a los riesgos concretos que puedan tener impacto en el territorio nacional y a las exigencias globales de mayor efectividad en el cumplimiento de las obligaciones y recomendaciones internacionales establecidas por las Convenciones de las NACIONES UNIDAS y los estandares del Grupo de Accion Financiera (GAFI).

Que los cometidos y responsabilidades propios de la Coordinación Nacional ante los foros mencionados en el primer considerando de la presente, y los del citado Programa implican un alto compromiso profesional y reconocido prestigio en la materia.

Que el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Eugenio María CURIA reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para el desempeño de las funciones de Coordinador Nacional del PROGRAMA DE COORDINACIÓN NACIONAL PARA EL COMBATE DEL LAVADO DE ACTIVOS Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO, y como Coordinador - Representante Nacional Titular ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF/GAFI), el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) y el Grupo de Expertos en Lavado de Dinero de la Comisión Interamericana contra el Abuso de Drogas de la Organización de los Estados Americanos (LAVEX-CICAD-OEA).

Que asimismo, el señor Presidente de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF) doctor Ignacio Martín YACOBUCCI reúne los requisitos de idoneidad y experiencia necesarios para el desempeño de las funciones como Coordinador - Representante Nacional Alterno ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF/GAFI), el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) y el Grupo de Expertos en Lavado de Dinero de la Comisión Interamericana contra el Abuso de Drogas de la Organización de los Estados Americanos (LAVEX-CICAD-OEA).

Que la presente medida no genera erogación presupuestaria alguna.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el artículo 4°, inciso b), apartado 9 de la Ley de Ministerios (t.o. 1992) y sus modificatorias, y por los Decretos Nros. 146/16 y 360/16.

Por ello,

EL MINISTRO DE JUSTICIA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Asígnase al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Eugenio María CURIA (D.N.I. N° 10.828.925) la función de Coordinador Nacional del PROGRAMA DE COORDINACIÓN NACIONAL PARA EL COMBATE DEL LAVADO DE ACTIVOS Y LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO.

ARTÍCULO 2°.- Desígnase al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario Eugenio María CURIA (D.N.I. N° 10.828.925) como Coordinador - Representante Nacional Titular ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF/GAFI), el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) y el Grupo de Expertos en Lavado de Dinero de la Comisión Interamericana contra el Abuso de Drogas de la Organización de los Estados Americanos (LAVEX-CICAD-OEA).

ARTÍCULO 3º.- Desígnase al señor Presidente de la UNIDAD DE INFORMACIÓN FINANCIERA (UIF) doctor Ignacio Martín YACOBUCCI (D.N.I. N° 30.594.539), como Coordinador - Representante Nacional Alterno ante el Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF/GAFI), el Grupo de Acción Financiera de Latinoamérica (GAFILAT) y el Grupo de Expertos en Lavado de Dinero de la Comisión Interamericana contra el Abuso de Drogas de la Organización de los Estados Americanos (LAVEX-CICAD-OEA).

ARTÍCULO 4°.- La presente medida no genera erogación presupuestaria alguna.

ARTÍCULO 5°.- Notifíquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Mariano Cúneo Libarona

e. 15/10/2024 N° 72508/24 v. 15/10/2024

Fecha de publicación 15/10/2024