MINISTERIO DE SALUD DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS
Disposición 758/2024
DI-2024-758-APN-DNHFYSF#MS
Ciudad de Buenos Aires, 09/10/2024
VISTO, el Expediente Nº EX-2023-97254869- -APN-DNHFYSF#MS del registro de este Ministerio, y;la Ley N° 17.565 y el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 1972).
CONSIDERANDO: Que por el mencionado expediente el Farmacéutico Néstor Adrián LABONIA ( MN N° 9.716), CUIL: 20- 12088192-3, solicita su desvinculación al cargo de Director Técnico de la denominada “FARMACIA ARES”, propiedad de la firma CAPIFARMA S.R.L., CUIT N° 30-71694854-0, ubicada en el local de la Avenida Carlos Calvo N° 4159, Planta Baja (U.F. N° 1) (C.P. 1230) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Que por DI-2023-1336-APN-DNHFYSF#MS,el Director Nacional de Habilitación, Fiscalización y Sanidad de Fronteras en su ARTÍCULO 1º.- Canceló de oficio a partir del día 13 de septiembre de 2023 la habilitación de la denominada “FARMACIA ARES”, ubicada en el local de la Avenida Carlos Calvo N° 4159, Planta Baja (U.F. N° 1) (C.P. 1230) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propiedad de la firma CAPIFARMA S.R.L., CUIT N° 30- 71694854-0, por aplicación del Art. 4° de la Ley N° 17.565.
Que el DEPARTAMENTO de PROTOCOLIZACIÓN solicito que para proceder a su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina; se debia readecuar el artículo de forma ya que no se corresponde con el requerimiento de la Dirección Nacional del Registro Oficial, y para poder proceder a la publicación de la citada Disposición; la misma debrá redactarse de la siguiente forma: “Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL del REGISTRO OFICIAL.
Que con el fin de dar cumplimiento y publiciadad al acto se rectifica la DI-2023-1336-APN-DNHFYSF#MS, del Articulo 5° de dicha disposición siendo que se consignó éste en forma errónea.
Que el error material indicado se considera subsanable en atención a lo normado en el art. 101 del Reglamento de Procedimientos Administrativos. Decreto N° 1759/72 (T.O. 1972).
Que se actúa en virtud de las atribuciones conferidas por la Ley N° 17.565 y el artículo 101 del Decreto N° 1759/72 (T.O. 1972).
Por ello,
LA DIRECTORA NACIONAL DE HABILITACIÓN FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS
DISPONE:
ARTÍCULO 1º.- Cancélese de oficio a partir del día 13 de septiembre de 2023 la habilitación de la denominada “FARMACIA ARES”, ubicada en el local de la Avenida Carlos Calvo N° 4159, Planta Baja (U.F. N° 1) (C.P. 1230) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, propiedad de la firma CAPIFARMA S.R.L., CUIT N° 30- 71694854-0, por aplicación del Art. 4° de la Ley N° 17.565.
ARTÍCULO 2º.- Limítese a partir del día 01 de septiembre de 2023, la actuación del Farmacéutico Néstor Adrián LABONIA ( MN N° 9.716), CUIL: 20-12088192-3, en carácter de Director Técnico de la Farmacia mencionada.
ARTÍCULO 3º.- Elimínese de la planilla de turno obligatorio el domicilio de la Avenida Carlos Calvo N° 4159 (C.P. 1230) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
ARTÍCULO 4º.- Instrúyase sumario de estilo a la razón social CAPIFARMA S.R.L., CUIT N° 30-71694854-0, con el objeto de investigar los hechos, ponderar las circunstancias y establecer las sanciones que fueran pertinentes.
ARTÍCULO 5° Tome conocimiento el REGISTRO ÚNICO DE PROFESIONALES DE LA SALUD de la DIRECCIÓN NACIONAL DE HABILITACIÓN, FISCALIZACIÓN Y SANIDAD DE FRONTERAS. Notifíquese al interesado, de la presente Disposición. Remítase copia a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL de MEDICAMENTOS, ALIMENTOS y TECNOLOGÍA MÉDICA (A.N.M.A.T). (SECCION PSICOTRÓPICOS Y ESTUPEFACIENTES).
ARTÍCULO 6° “Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, vuelva.
Thelma Patricia Trotta
e. 15/10/2024 N° 72545/24 v. 15/10/2024
Fecha de publicación 15/10/2024