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14 de Marzo de 2025

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Legislación y Avisos Oficiales
Primera sección


MINISTERIO DE SALUD SECRETARÍA DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD Y SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

Resolución Conjunta 1/2024

RESFC-2024-1-APN-SAYES#MS

Ciudad de Buenos Aires, 07/10/2024

VISTO: el EX-2023-135053869-APN-DD#MS, los Decretos 50/2019 y 10/2024, la Resolución del Ministerio de Salud de la Nación N° 2653/2023, el Manual y Reglamento Operativo Específico del Programa SUMAR⁺; y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución del Ministerio de Salud N° 2653/2023 se creó el “PLAN ARGENTINO INTEGRADO DE SERVICIOS DE SALUD” (en adelante PAISS), con el fin de contribuir al desarrollo de un modelo de salud integrado, equitativo y sustentable, que garantice el acceso efectivo de la población a la atención de salud integral y de calidad.

Que entre sus objetivos, conforme lo previsto en su artículo 3° inciso c), se encuentra el de “Prestar protección financiera explícita a través de materiales y suministros consumibles, servicios y transferencias financieras definidas bajo un modelo de financiamiento basado en resultados”.

Que en tal contexto, con el propósito de contribuir con los objetivos de PAISS, el artículo 9° del acto administrativo arriba mencionado creó el PROGRAMA SUMAR+ (en adelante el PROGRAMA), en la órbita de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES, de la entonces SUBSECRETARÍA DE ARTICULACIÓN FEDERAL, de la entonces SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD con el objetivo de prestar asistencia financiera directa a las jurisdicciones a través de transferencias capitadas definidas bajo un modelo de financiamiento basado en resultados y equidad, vinculadas al desempeño en inscripción y cobertura efectiva de la población objetivo, a la mejora de los procesos priorizados para el fortalecimiento y organización de los servicios de salud y al cumplimiento de metas sanitarias.

Que por su parte, el artículo 10° aprueba el Manual y Reglamento Operativo Específico del PROGRAMA SUMAR⁺ (MyROE del SUMAR⁺ y por el artículo 17° se faculta a la entonces SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y a la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, en forma conjunta, a definir la organización administrativa, los lineamientos, los modelos de pago y la modalidad de transferencia de los recursos a las jurisdicciones, siguiendo el modelo de las transferencias capitadas definidas en el artículo 3°, inciso c) de la referida Resolución.

Que el mismo dispositivo en su artículo 18° faculta, en forma conjunta, a la entonces SECRETARÍA DE EQUIDAD EN SALUD y a la SECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA, a modificar el Manual y Reglamento Operativo Específico del PROGRAMA SUMAR⁺, como así también, a dictar las normas complementarias que resulten necesarias como consecuencia de la implementación del PAISS.

Que por el Decreto 50/2019 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que mediante el Decreto N° 10/2024, se modificó la conformación organizativa y los objetivos del MINISTERIO DE SALUD, hasta el nivel de Subsecretaria, estableciéndose en su anexo II, dentro de los objetivos de la SECRETARIA DE ACCESO Y EQUIEDAD EN SALUD, el de “entender en el diseño de planes, programas y proyectos para favorecer y ampliar el acceso a la salud y definir el modelo de atención, contribuyendo a la articulación e integración de programas sanitarios”, “entender en el diseño de políticas estratégicas de carácter federal para el aumento de la equidad en salud y definir el modelo de financiamiento y gestión de la salud, contribuyendo a la articulación e integración de subsistemas de salud, programas sanitarios y redes de atención” y “Entender en el diseño y desarrollo de políticas tendientes a una mayor integración de los sistemas de salud mediante la planificación, la articulación de estrategias de financiamiento, la distribución federal de recursos financieros y físicos y la armonización de coberturas”.

Que de acuerdo al apartado 1.1 “Introducción”, del cuerpo principal del Manual y Reglamento Operativo Específico previamente individualizado, se determina que “…el presente MyROE, cuerpo principal y anexos, establecen los procedimientos, mecanismos y reglas que resulten aplicables al Programa SUMAR⁺…” y “…si durante la ejecución del presente, el Ministerio de Salud de la Nación considera necesario o conveniente introducir modificaciones a las disposiciones de este MyROE y sus anexos, podrá hacerlas efectivas a través del dictado de un nuevo acto administrativo”.

Que es importante destacar la necesidad de realizar ajustes y actualizaciones periódicas al Manual y Reglamento Operativo, ya que estos constituyen un documento “vivo”, en virtud de la dinámica en la implementación y ejecución del Programa.

Que en virtud de lo hasta aquí expresado, con el propósito de avanzar en la implementación del PROGRAMA SUMAR⁺, resulta necesario aprobar la nueva versión actualizada del Manual y Reglamento Operativo Específico del PROGRAMA SUMAR⁺.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE FORTALECIMIENTO DE LOS SISTEMAS PROVINCIALES ha tomado la intervención de su competencia.

Que la UNIDAD DE AUDITORÍA INTERNA ha tomado la intervención de su competencia.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto en los artículos 17° y 18° de la Resolución N° 2653 del Ministerio de Salud de la Nación.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ACCESO Y EQUIDAD EN SALUD

Y

LA SECRETARIA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la nueva versión del Manual y Reglamento Operativo Específico del PROGRAMA SUMAR⁺, que como Anexo I (IF-2024-56692857-APN-DNFSP#MS) forma parte integrante de la presente.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, Publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese

Pablo Enrique Bertoldi Hepburn - María Cecilia Loccisano

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución Conjunta se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 16/10/2024 N° 72631/24 v. 16/10/2024

Fecha de publicación 16/10/2024