MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE ENERGÍA
Resolución 314/2024
RESOL-2024-314-APN-SE#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 15/10/2024
VISTO el Expediente Nº EX-2024-05725594-APN-SE#MEC, y los Expedientes Nros. EX-2023-100363969-APN-SE#MEC, EX-2023-115835004-APN-SE#MEC, EX-2023-123436402-APN-SE#MEC, EX-2024-14481167-APN-SE#MEC, EX-2024-24872416-APN-SE#MEC, EX-2024-81063970-APN-SE#MEC y EX-2024-85321341-APN-SE#MEC, en tramitación conjunta, las Leyes Nros. 15.336 y 24.065, la Resolución Nº 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias, y
CONSIDERANDO:
Que la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U. solicitó su ingreso al MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) como Agente Generador para sus Parques Solares Fotovoltaicos Villa Ángela II de NUEVE MEGAVATIOS (9 MW), Villa Ángela III de DIEZ MEGAVATIOS (10 MW), Villa Ángela IV de ONCE MEGAVATIOS (11 MW) y Villa Ángela V de TREINTA MEGAVATIOS (30 MW), ubicados en el Departamento Mayor Luis Jorge Fontana, Provincia del CHACO, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) seccionando la Línea de Alta Tensión de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) Chaco - Villa Ángela, jurisdicción de la empresa SERVICIOS ENERGÉTICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP).
Que mediante la Nota N° B-171703-1 de fecha 6 de febrero de 2024 (IF-2024-14482747-APN-SE#MEC), la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA), informó que la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U. cumple para sus Parques Solares Fotovoltaicos Villa Ángela II, Villa Ángela III, Villa Ángela IV y Villa Ángela V los requisitos exigidos en los Puntos 5.1 y 5.2 del Anexo 17 de “Los Procedimientos para la Programación de la Operación, el Despacho de Cargas y Cálculo de Precios en el Mercado Eléctrico Mayorista” (Los Procedimientos), aprobados por la Resolución N° 61 de fecha 29 de abril de 1992 de la ex SECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS y sus modificatorias y complementarias para su ingreso y administración del MEM, como así también con la información requerida para la Base de Datos Estacional del Sistema, Capítulo 2 y Anexos 1 y 2 de Los Procedimientos. Agregó CAMMESA que la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U. deberá cumplimentar con el equipamiento correspondiente para satisfacer los requerimientos del Anexo 24 de Los Procedimientos en lo referente al sistema de comunicaciones SCOM, SMEC y SOTR.
Que mediante la Resolución N° 278 de fecha 1° de agosto de 2024 de la SUBSECRETARÍA DE AMBIENTE del MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN Y DESARROLLO ECONÓMICO SOSTENIBLE de la Provincia del CHACO (IF-2024-81064608-APN-SE#MEC), obrante en el Expediente N° EX-2024-81063970-APN-SE#MEC, se resolvió aprobar el Estudio de Impacto Ambiental de los Parques Solares Fotovoltaicos Villa Ángela II, Villa Ángela III, Villa Ángela IV y Villa Ángela V.
Que la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U. ha cumplido con las exigencias de la normativa vigente en cuanto al aporte de documentación societaria y comercial.
Que la solicitud de ingreso al MEM se publicó en el Boletín Oficial Nº 35.511 de fecha 24 de septiembre de 2024 sin haberse recibido objeciones que impidan el dictado de esta medida.
Que la Dirección Nacional de Regulación y Desarrollo del Sector Eléctrico de la SUBSECRETARÍA DE ENERGÍA ELÉCTRICA de esta Secretaría ha tomado la intervención de su competencia.
Que el servicio jurídico permanente del MINISTERIO DE ECONOMÍA ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por los Artículos 35 y 36 de la Ley Nº 24.065 y el Apartado IX del Anexo II del Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios.
Por ello,
EL SECRETARIO DE ENERGÍA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Autorízase el ingreso como Agente Generador del MERCADO ELÉCTRICO MAYORISTA (MEM) a la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U. para sus Parques Solares Fotovoltaicos Villa Ángela II de NUEVE MEGAVATIOS (9 MW), Villa Ángela III de DIEZ MEGAVATIOS (10 MW), Villa Ángela IV de ONCE MEGAVATIOS (11 MW) y Villa Ángela V de TREINTA MEGAVATIOS (30 MW), ubicados en el Departamento Mayor Luis Jorge Fontana, Provincia del CHACO, conectándose al SISTEMA ARGENTINO DE INTERCONEXIÓN (SADI) seccionando la Línea de Alta Tensión de CIENTO TREINTA Y DOS KILOVOLTIOS (132 kV) Chaco - Villa Ángela, jurisdicción de la empresa SERVICIOS ENERGÉTICOS DEL CHACO EMPRESA DEL ESTADO PROVINCIAL (SECHEEP).
ARTÍCULO 2°.- Instrúyase a la COMPAÑÍA ADMINISTRADORA DEL MERCADO MAYORISTA ELÉCTRICO SOCIEDAD ANÓNIMA (CAMMESA) a efectos de que los sobrecostos que se ocasionen a los demás agentes del MEM y las penalidades que deban abonar los prestadores de la Función Técnica del Transporte (FTT) derivados de eventuales indisponibilidades con motivo del ingreso que este acto autoriza, sean cargadas a la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U., titular los Parques Solares Fotovoltaicos Villa Ángela II, Villa Ángela III, Villa Ángela IV y Villa Ángela V en su vínculo con el SADI. A este efecto, se faculta a CAMMESA a efectuar los correspondientes cargos dentro del período estacional en que dichos sobrecostos o penalidades se produzcan.
ARTÍCULO 3°.- Notifíquese a la empresa MSU GREEN ENERGY S.A.U., a CAMMESA, a SECHEEP y al ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD (ENRE), organismo descentralizado actuante en la órbita de esta Secretaría.
ARTÍCULO 4°.- La presente medida entrará en vigencia el día de su publicación en el Boletín Oficial.
ARTÍCULO 5°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Eduardo Javier Rodriguez Chirillo
e. 17/10/2024 N° 73011/24 v. 17/10/2024
Fecha de publicación 17/10/2024